viernes, 10 de noviembre de 2006

Propuesta: Cerro Catedral

Fuente: GACETILLA DE PRENSA CONVENCIONALES UNIÓN CÍVICA RADICAL
Contacto: Claudio Otano, 15655144

El bloque elevó 39 proyectos a la Convención
LA UCR IMPULSA LA CREACION DE UN ENTE MIXTO PARA EL DESARROLLO DEL CERRO CATEDRAL

El convencional radical Claudio Otano elaboró un proyecto –que fue avalado y rubricado por todo el bloque- para la creación de un Ente mixto, público y privado, que será el responsable de “la aplicación de políticas de desarrollo integral, turístico y económico del Cerro Catedral”.
Este cuerpo tendrá “derecho de formular iniciativa legislativa para la sanción de ordenanzas en temas de su incumbencia”, y “funcionará bajo las normas de descentralización administrativa y autarquía presupuestaria”.
Esta iniciativa es una de las 39 que elaboró en conjunto el bloque de la Unión Cívica Radical, y que responden a cada uno de los compromisos asumidos durante la campaña electoral. Fueron incluidas iniciativas relativas a la defensa del consumidor, la coparticipación inversa, la iniciativa popular, el libre acceso a las costas, nuevas facultades para el Tribunal de Cuentas, Medio Ambiente, seguimiento de Gestión, entre otros.

Ente
Otano explicó que “la puesta en marcha del Ente es posterior al proceso de municipalización del Cerro, que acompañamos, incluso con un proyecto que reivindica la propiedad de Bariloche sobre su principal centro turístico y económico”.
“El Ente de Desarrollo del Cerro Catedral es de composición mixta estatal – privada. La composición del Directorio contemplará mayoría de representantes del Estado Municipal y la presencia de un integrante de los trabajadores del Sindicato más representativo, y dos del sector privado”, especifica el Proyecto.
En tanto, indica que “contará con recursos económicos derivados de los fondos que le acuerde la Ordenanza de Presupuesto; el 50 por ciento del Canon Único Anual; los fondos provenientes de donaciones, subvenciones, herencias y/o legados, previamente aceptados por el Departamento Deliberante; los fondos por subsidios y aportes estatales; y demás cánones por permisos que se aprueben por Ordenanza.
Según establece Otano en la iniciativa “el Ente de Desarrollo del Cerro Catedral está incorporado a la estructura orgánica municipal”.
Entre los fundamentos del Proyecto, resalta que “es menester de esta Convención actualizadora avanzar en la constitución de un Organismo que afronte la responsabilidad Municipal en los controles fiscalizadores y en el mantenimiento y desarrollo de todos los servicios y obras de infraestructura que le corresponda”, para, de esta forma, “junto a la inversión del sector privado, garantizar la excelencia y calidad que el Cerro Catedral debe brindar en sus múltiples servicios”.
Otano justifica la necesidad de “llevar adelante un decidido esfuerzo de descentralización en un nivel de gestión político, técnico y social, de forma de propender a posibilitar la participación social en la formulación de políticas y elaboración de programas y proyectos; reflejar con mayor fidelidad la realidad local, sobretodo en las actividades de diagnosis y autogestión, y; fortalecer el rol del Municipio en su capacidad de gestión, en aquellos aspectos que hacen al tratamiento integral de su territorio”.
En esta línea argumental, señala que “para llevar adelante los objetivos de descentralización planteados se requiere un accionar distinto al actual, a nivel de gestión e implementación de acciones en el ámbito municipal”.
“Es entonces necesario asumir la responsabilidad de constituir un Ente, con jerarquía de carta orgánica, con amplia mayoría estatal y representación privada y gremial, que posea autarquía y que garantice, por los tiempos, el crecimiento y desarrollo de esa verdadera fuente de recursos económicos que irradia de beneficios a toda la ciudad”, explica.

Proyectos presentados en la Convención

Fuente: Prensa Convencion
Fecha: 10/11

Esta es una síntesis periodística de los proyectos presentados ante la Convención, tanto por los vecinos como por los convencionales. No es el listado oficial formal. Los interesados en obtener el listado oficial formal pueden solicitarlo a partir del viernes a la tarde. Están numerados hasta el 92, y para difundir esta lista lo antes posible, los proyectos siguientes fueron consignados antes de ser numerados en la Secretaría Legislativa.

1) Proyecto de Actualización Nº 01-CMCA-06. Nueva estructura para la COM. Convencionales Stella Maris Rossi y Rodolfo Rodrigo (PV). Girado a comisión.
2) Proyecto de Actualización Nº 02-CMCA-06. Preferencias para empresas barilochenses. Convencionales Stella Maris Rossi y Quiroga y Rodolfo Rodrigo (PV). Girado a comisión.
3) Proyecto de Actualización Nº 03-CMCA-06: “Reivindicar la titularidad del servicio eléctrico y el Poder Concedente”. Convencionales Stella Maris Rossi y Quiroga y Rodolfo Rodrigo (PV). Girado a comisión.
4) Proyecto de Actualización Nº 04-CMCA-06: “Pista de atletismo modelo en el Velódromo Municipal, del material denominado “Tortan”, sugerido por los atletas, con mínimo de cuatro carriles”. Vecino Rogelio Humberto Séiler.
5) Proyecto de Actualización Nº 05-CMCA-06: “Activar modelo artístico propio sencillo, directo, de máximo impacto informativo que exprese la “Marca Bariloche”, que permita ejercer una autonomía administrativa e iniciativa económica creciente y persistente”. Vecino Juan Alberto Vargas.
6) Proyecto de Actualización Nº 06-CMCA-06: “Incorporar en el articulado de la Carta Orgánica Municipal, la adhesión de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche a la Declaración Universal de los Derechos del Niño”. Convencional Mónica Elvira (ARI).
7) Proyecto de Actualización Nº 07-CMCA-06: “Habilitaciones comerciales – Trabajo en negro”. Autora: Convencional Silvana Camelli (FPV).
8) Proyecto de Actualización Nº 08-CMCA-06: “Promoción de la contratación de mano de obra local”. Convencional Silvana Camelli (FPV).
9) Proyecto de Actualización Nº 09-CMCA-06: “Puente en Diagonal Capraro para bicicletas y peatones”. Vecino Rogelio Humberto Séiler.
10) Proyecto de Actualización Nº 10-CMCA-06: “Candidatura simultánea a Intendente y a Concejal”. Convencional Claudio Otano (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y María del Carmen García Seoane (UCR).
11) Proyecto de Actualización Nº 11-CMCA-06: “Juzgados Administrativos Municipal de Faltas”.Autor: Convencional Claudio Otano (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y María del Carmen García Seoane (UCR). Colaborador: Dr. Federico Lutz (Asesor del Bloque UCR).
12) Proyecto de Actualización Nº 12-CMCA-06: “Fecha de convocatoria a elecciones municipales”. Autor: Convencional Claudio Otano (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y María del Carmen García Seoane (UCR).
13) Proyecto de Actualización Nº 13-CMCA-06: “”Denominación de la ciudad”. Autor: Convencional Claudio Otano (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y María del Carmen García Seoane (UCR). Colaboradora: Sra. Patricia Rodríguez (Secretaria del Bloque UCR).
14) Proyecto de Actualización Nº 14-CMCA-06: “Bariloche Municipio saludable”. Autora: Convencional Silvana Camelli (FPV).
15) Proyecto de Actualización Nº 15-CMCA-06: “Recreación y deporte social comunitario”. Vecinos. Sandra Oyarzo Santana, Osbaldo Belmar y Fabián Torrez.
16) Proyecto de Actualización Nº 16-CMCA-06: “Derecho de las personas discapacitadas: Bariloche, un lugar para todos”. Autora: Convencional Silvana Camelli (FPV).
17) Proyecto de Actualización Nº 17-CMCA-06: “Propuestas para la Reforma de la Carta Orgánica de San Carlos de Bariloche”. Vecinos Arístides Rubén Terrile y Héctor Elmo Ferrero.
18) Proyecto de Actualización Nº 18-CMCA-06: “Garantizar el uso público de las costas de los lagos y ríos dentro del ejido municipal, desde el cuerpo de agua hasta 20 metros en horizontal desde la línea de ribera”. Vecinos Armando Aligia, Marcos Ferrero, Sebastián Bouzat, Jorge Urban; Sras. Valeria Ojeda y Ana Wieman, y otros.
19) Proyecto de Actualización Nº 19-CMCA-06: “Aprobar la contratación preferencial de empresas generadoras de empleo local”. Autor: Convencional Carlos Fernández (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
20) Proyecto de Actualización Nº 20-CMCA-06: “Aprobar control de gestión del Plan de Gobierno”. Autor: Convencional Carlos Fernández (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
21) Proyecto de Actualización Nº 21-CMCA-06: “Aprobar empréstitos”. Autor: Convencional Carlos Fernández (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
22) Proyecto de Actualización Nº 22-CMCA-06: “Aprobar la determinación de un mínimo para inversión social”. Autor: Convencional Carlos Fernández (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
23) Proyecto de Actualización Nº 23-CMCA-06: “Uso obligatorio del Escudo”. Autor: Convencional Claudio Otano (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y María del Carmen García Seoane (UCR). Colaboradores: Sr. José Pisani y Sra. Patricia Rodríguez (Secretaria Bloque UCR).
24) Proyecto de Actualización Nº 24-CMCA-06: “Enseñanza de los contenidos de la Carta Orgánica en establecimientos educativos”. Autores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR). Colaboradora: Sra. Patricia Rodríguez (Secretaria Bloque UCR).
25) Proyecto de Actualización Nº 25-CMCA-06: “Promover y reconocer los derechos de las personas de la tercera edad”. Autora: Convencional Marría del Carmen García Seoane (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y Claudio Otano (UCR).
26) Proyecto de Actualización Nº 26-CMCA-06: “Aprobar igualdad de oportunidad para las personas con discapacidad”. Autora: Convencional María del Carmen García Seoane (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y Claudio Otano (UCR).
27) Proyecto de Actualización Nº 27-CMCA-06: “Penalódromo: “Hecho en Bariloche”, original. Es deportivo, cultural, turístico y fomenta plantar árboles jugando”. Autor: vecino Rogelio Séiler.
28) Proyecto de Actualización Nº 28-CMCA-06: “Cortes de calles. Tomar como modelo la obra de Villegas”. Autor: vecino Rogelio Séiler.
29) Proyecto de Actualización Nº 29-CMCA-06: “Incluir en la Carta Orgánica un principio protectorio de la fauna urbana (caninos y felinos). Autor: vecinos Grupo Dejando Huellas.
30) Proyecto de Actualización Nº 30-CMCA-06: “Generar una red para que los jóvenes que egresan de establecimientos educativos locales no tengan que emigrar por falta de trabajo”. Autora: Convencional Silvana Camelli (FV).
31) Proyecto de Actualización Nº 31-CMCA-06: “Crear casas de estudio barilochenses”. Autora: Convencional Silvana Camelli (FV).
32) Proyecto de Actualización Nº 32-CMCA-06: “Incorporación del Derecho a la identidad”. Autoras: Sras. Marta Bronstein y M. Luisa Bruschi – Red por la Identidad de los Lagos del Sur.
33) Proyecto de Actualización Nº 33-CMCA-06: “Derechos de los consumidores y usuarios”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Pedro Pizarro, Luis José Valdés y Sra. Diana Garrafa.
34) Proyecto de Actualización Nº 34-CMCA-06: “Incorporar en el Capítulo II, Funciones Municipales, un nuevo artículo denominado “Grupos vulnerables”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sr. Pedro Pizarro y Sra. Marcela Diego y Cristina Painefil.
35) Proyecto de Actualización Nº 35-CMCA-06: “Modificación de articulado de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche, referido a los Pueblos Originarios”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradora: Sra. Diana Garrafa.
36) Proyecto de Actualización Nº 36-CMCA-06: “Escuela de Gobierno”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador: Sr. Adrián Moreno.
37) Proyecto de Actualización Nº 37-CMCA-06: “Incorporación de la “Carta de la Tierra”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Alejandro Gianello, Sergio Vázquez y Asociación Ambientalista Piuke.
38) Proyecto de Actualización Nº 38-CMCA-06: “Incorporar en el Capítulo Ambiente de la Carta Orgánica Municipal un artículo referido a la prohibición de la actividad minera a cielo abierto con utilización de productos tóxicos, y el almacenamiento dentro del ejido municipal”.Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Alejandro Gianello, Sergio Vázquez; Sra. Ana María Barrera y Asociación Ambientalista Piuke.
39) Proyecto de Actualización Nº 39-CMCA-06: “Definición de la injerencia municipal en forma directa sobre los derechos básicos de los ciudadanos”. Convencional Mónica Elvira (ARI).
40) Proyecto de Actualización Nº 40-CMCA-06: “Modificación del artículo 65º de la Carta Orgánica Municipal”.Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Pedro Pizarro, Luis José Valdés y Sra. Diana Garrafa.
41) Proyecto de Actualización Nº 41-CMCA-06: “Presupuesto Participativo”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradora: Sra. Diana Garrafa.
42) Proyecto de Actualización Nº 42-CMCA-06: “Incorporación en la Carta Orgánica Municipal del Capítulo Ambiente”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Alejandro Gianello, Sergio Vázquez; Sra. Ana María Barrera y Asociación Ambientalista Piuke.
43) Proyecto de Actualización Nº 43-CMCA-06: “ Incorporar en el capitulado de la Carta Orgánica, un capítulo específico cuyo nombre sea “Cultura”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Pedro Pizarro, José Luis Valdés, Pedro Lefiñanco; Sra. Ana María Barrera y Diputada Nacional Marta Maffei.
44) Proyecto de Actualización Nº 44-CMCA-06: “Audiencia Pública”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador: Sr. Adrián Moreno.
45) Proyecto de Actualización Nº 45-CMCA-06: “Principio Precautorio”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Alejandro Gianello, Sergio Vázquez; y Asociación Ambientalista Piuke.
46) Proyecto de Actualización Nº 46-CMCA-06: “Incorporación en el articulado de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche, “La Banca del vecino”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Pedro Pizarro, José Luis Valdés, Pedro Lefiñanco; Sra. Diana Garrafa.
47) Proyecto de Actualización Nº 47-CMCA-06: “Incorporación del artículo Defensor del Pueblo en el Capítulo referido a Derechos de la Carta Orgánica Municipal”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno y Sra. Diana Garrafa.
48) Proyecto de Actualización Nº 48-CMCA-06: “Modificación del nombre del Capítulo IX, Derechos Populares, iniciativa”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Pedro Pizarro, Pedro Lefiñanco; Sras. Diana Garrafa y Ana María Barrera.
49) Proyecto de Actualización Nº 49-CMCA-06: “Facultades concurrentes. Establecimientos de utilidad federal. Poder de Policía”. Autora: Convencional Nelly Meana (UCR). Coautores: Convencionales Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
50) Proyecto de Actualización Nº 50-CMCA-06: “Planificación y Desarrollo – Instituto de Planeamiento estratégico”. Autora: Convencional Nelly Meana (UCR). Coautores: Convencionales Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR). Colaborador: Sr. Carlos Alberto Abaleron.
51) Proyecto de Actualización Nº 51-CMCA-06: “Reforma de la Carta Orgánica por sistema de enmiendas”. Autora: Convencional Nelly Meana (UCR). Coautores: Convencionales Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
52) Proyecto de Actualización Nº 52-CMCA-06: “Reconocer la importancia de la actividad científica, tecnológica y académica”. Autora: Convencional Nelly Meana (UCR). Coautores: Convencionales Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
53) Proyecto de Actualización Nº 53-CMCA-06: “Fomentar y promover la actividad cultural”. Autora: Convencional María del Carmen García Seoane (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y Claudio Otano (UCR).
54) Proyecto de Actualización Nº 54-CMCA-06: “Reformulación del Derecho de Iniciativa Popular – Artículo 66”. Autora: Convencional María del Carmen García Seoane (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y Claudio Otano (UCR).
55) Proyecto de Actualización Nº 55-CMCA-06: “Promover la creación de la Defensoría del Pueblo”. Autora: Convencional María del Carmen García Seoane (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana y Claudio Otano (UCR).
56) Proyecto de Actualización Nº 56-CMCA-06: “Aprobar reelección única”. Autora: Convencional Nelly Meana (UCR). Coautores: Convencionales Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
57) Proyecto de Actualización Nº 57-CMCA-06: “Municipio Turístico”. Autora: Convencional Nelly Meana (UCR). Coautores: Convencionales Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
58) Proyecto de Actualización Nº 58-CMCA-06: “Elección del Presidente del Concejo”. Autora: Convencional Nelly Meana (UCR). Coautores: Convencionales Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR).
59) Proyecto de Actualización Nº 59-CMCA-06: “Pueblos Originarios y sus Derechos consuetudinarios”. Autores: Sra. Cristina Marín y Sres. Enrique Meli y Darío Villagra Antiwe.
60) Proyecto de Actualización Nº 60-CMCA-06: “Recuperación y reestructuración del espacio público de San Carlos de Bariloche. Pautas de diseño para la Costanera del Lago Nahuel Huapi y su verificación a través de una propuesta de intervención”. Autoras: Sras. Alicia Albandoz, Carolina Saladino y Ivana de Pilla.
61) Proyecto de Actualización Nº 61-CMCA-06: “Promover la creación de la Oficina Municipal de Defensa al Consumidor”.Autora: Convencional María del Carmen García Seoane (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y Claudio Otano (UCR).
62) Proyecto de Actualización Nº 62-CMCA-06: “Derecho popular del libre acceso a la información pública”. Autora: Convencional María del Carmen García Seoane (UCR). Coautores: Convencionales Nelly Meana, Carlos Fernández y Claudio Otano (UCR).
63) Proyecto de Actualización Nº 63-CMCA-06: “Promover la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de los recursos naturales y culturales. Daño ambiental. Creación de frondo de protección ambiental”. Autora: Convencional Nelly Meana (UCR). Coautores: Convencionales Carlos Fernández, Claudio Otano y María del Carmen García Seoane (UCR). Colaboradoras: Sras. María Coccia y Aurora Menéndez.
64) Proyecto de Actualización Nº 64-CMCA-06: “Disposiciones transitorias”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI).
65) Proyecto de Actualización Nº 65-CMCA-06: “Incorporación de un artículo de la Carta Orgánica Municipal referente al tratamiento de residuos en el Capítulo “Ambiente”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradora: Sra. Diana Garrafa.
66) Proyecto de Actualización Nº 66-CMCA-06: “Deporte”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI).
67) Proyecto de Actualización Nº 67-CMCA-06: “Políticas especiales: Salud”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Adrián Moreno, Pedro Pizarro, Pedro Lefiñanco; Sras. Diana Garrafa, Ana María Barrera y María del Carmen Elorza.
68) Proyecto de Actualización Nº 68-CMCA-06: “Bosques protectores y permanentes”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador: Ing. Forestal Ivo Murgic.
69) Proyecto de Actualización Nº 69-CMCA-06: “Política de Turismo Cultural”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador: Sr. Adrián Moreno.
70) Proyecto de Actualización Nº 70-CMCA-06: “Agregado de texto al artículo 3º del Capítulo I, Municipio, Naturaleza y Jurisdicción”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI).
71) Proyecto de Actualización Nº 71-CMCA-06: “Incorporación de incisos y reemplazo del inciso 15 del artículo 25, Título Departamento Ejecutivo, Capítulo III, Gobierno Municipal”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI).
72) Proyecto de Actualización Nº 72-CMCA-06: “Incorporación de incisos en el artículo 17º de la Carta Orgánica Municipal, Deberes y atribuciones del Concejo Municipal”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI).
73) Proyecto de Actualización Nº 73-CMCA-06: “Acceso a la información – Boletín Oficial Municipal”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador: Sr. José Luis Valdés.
74) Proyecto de Actualización Nº 74-CMCA-06: “Incorporar en el articulado de la Carta Orgánica, en el Capítulo Ambiente, un artículo que especifique el cuidado y la protección del agua como derecho humano fundamental e inalienable”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sres. Alejandro Yanniello, Sergio Vázquez; Sra. Marisa Bilder y Asociación Ambientalista Piuke.
75) Proyecto de Actualización Nº 75-CMCA-06: “Incorporar en el articulado de la Carta Orgánica, Capítulo Derechos, un apartado especial para las personas con discapacidad”. Autora: Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores: Sras. Marcela Diego, Cristina Painefil y Grupo Discapacitados Autorconvocados.
76) Proyecto de Actualización Nº 76-CMCA-06: “Inclusión dentro de los Derechos y garantías de la Promoción Social”. Autor: Padre Juan Ángel Dieuzeide – Departamento de Pastoral Social de la Diócesis de San Carlos de Bariloche.
77) Proyecto de Actualización Nº 77-CMCA-06: “Incluir la elaboración y actualización permanente de un Plan de Desarrollo Sustentable de mediano y largo plazo para la ciudad de San Carlos de Bariloche”. Autor: Padre Juan Ángel Dieuzeide – Departamento de Pastoral Social de la Diócesis de San Carlos de Bariloche.
78) Proyecto de Actualización Nº 78-CMCA-06: “Darle vigencia formal a la Mesa de Concertación Social y al Presupuesto Participativo dentro del funcionamiento del Municipio”. Autor: Padre Juan Ángel Dieuzeide – Departamento de Pastoral Social de la Diócesis de San Carlos de Bariloche.
79) Proyecto de Actualización Nº 79-CMCA-06: “Actualizar la reglamentación municipal vigente en materia de habilitación comercial y funcionamiento de salas donde se efectúen actividades relacionadas con juegos: casinos, bingos, casinos electrónicos, máquinas tragamonedas y similares”. Autor: Padre Juan Ángel Dieuzeide – Departamento de Pastoral Social de la Diócesis de San Carlos de Bariloche.
80) Proyecto de Actualización Nº 80-CMCA-06: “Considerar se evite construir en lotes del Faldeo Norte del Cerro Otto por las características geológicas y topográficas del Cerro, por ser zona suceptible y de alto riesgo”. Autora: Sra. Ana María Serviddio.
81) Proyecto de Actualización Nº 81-CMCA-06: “Darle vigencia formal a la Mesa de Concertación Social y al Presupuesto Participativo dentro del funcionamiento del Municipio”. Autor: Padre Juan Ángel Dieuzeide – Departamento de Pastoral Social de la Diócesis de San Carlos de Bariloche.
82) Proyecto de Actualización Nº 82-CMCA-06: “Inlcuir la elaboración y actualización permanente de un Plan de Desarrollo Sustentable de mediano y largo plazo para la ciudad de San Carlos de Bariloche”. Autor: Padre Juan Ángel Dieuzeide – Departamento de Pastoral Social de la Diócesis de San Carlos de Bariloche.
83) Proyecto de Actualización Nº 83-CMCA-06: “Inclusión dentro de los Derechos y Garantías de la Promoción Social”. Autor: Juan Angel Dieuzeide, Pastoral Social, Diócesis Bariloche.
84) Proyecto de Actualización Nº 84-CMCA-06: “Crear espacios de debate y participación para realizar un diagnóstico del ‘Bariloche que queremos’, involucrando a los ciudadanos de todos los sectores, con el fin de planificar las acciones futuras en función de un plan construido según los intereses de todos los que vivimos en esta ciudad. Este plan tiene que quedar escrito de manera tal que se sostenga en el tiempo más allá de los distintos gobiernos de turno”. Autor: Sanmartiniano Painefil.
85) Proyecto de Actualización Nº 85-CMCA-06: “Modificación de jurisdicción de edificios de propiedad horizontal de IPPV que puedan pasar a formar parte de juntas vecinales”. Autor: vecino Juan Faustino Fuentes.
86) Proyecto de Actualización Nº 86-CMCA-06: “Efectuar un registro de empresas cumplidoras, y que la pertenencia a dicho registro sea una exigencia para contratar con el municipio. Difundir y alentar la pertenencia a la red nacional de empresas socialmente responsables, e impedir la contratación con el municipio de empresas que hayan incumplido sus obligaciones para con este”. Autora: convencional Silvana Camelli (FPV).
87) Proyecto de Actualización Nº 87-CMCA-06: “Planificación estratégica municipal”. Autora: convencional Silvana Camelli (FPV).
88) Proyecto de Actualización Nº 88-CMCA-06: “Valores éticos y morales de los funcionarios”. Autora: convencional Silvana Camelli (FPV).
89) Proyecto de Actualización Nº 89-CMCA-06: “Tratamiento ético de la población canina y felina”. Autora: convencional Silvana Camelli (FPV).
90) Proyecto de Actualización Nº 91-CMCA-06: “La obligatoriedad de que empresas concesionarias de servicios, como agua, luz, cloacas, se hagan cargo sin costo para el poblador de todo proyecto de obra”. Autora: vecina Bettina Elly Fernández.
91) Proyecto de Actualización Nº 92-CMCA-06: “Necesidad de taller de verificación técnica para vehículos de carga a nivel nacional”. Autora: vecina Bettina Elly Fernández.
92) Proyecto de Actualización Nº 93-CMCA-06: “Asesorar y dar cursos de capacitación a los agentes de tránsito dependientes del municipio ya que su ignorancia hace a una ciudad congestionada sin agilidad”. Autora: vecina Bettina Elly Fernández.

LOS DESTACADOS EN AZUL FUERON INGRESADOS DOS VECES: 76-83 /
77-82 / 78-81.


Proyectos presentados a tiempo,
sin la numeración correspondiente


Frente para la Victoria (FPV)

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Carta Orgánica, Reforma completa: 215 artículos”.Convencionales: Arabela Carreras, Julio Accavallo, Diego Puente, Ana María Vázquez y Martín Enevoldsen (FPV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de seguridad comunitaria”. Convencional Silvana Camelli (FPV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Se establece un porcentaje mínimo del presupuesto destinado a la actividad cultural”. Convencional Silvana Camelli (FPV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “”. Convencional Silvana Camelli (FPV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “”. Convencional Silvana Camelli (FPV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “”. Convencional Silvana Camelli (FPV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “”. Convencional Silvana Camelli (FPV).



Unión Cívica Radical (UCR)

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Ente de desarrollo del cerro Catedral”. Convencionales Nelly Meana, Carlos Manuel Fernández, María del Carmen Seoane y Claudio Otano (UCR).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Distritos electorales”. Convencionales Nelly Meana, Carlos Manuel Fernández, María del Carmen Seoane y Claudio Otano (UCR).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Libre acceso a las costas”. Convencionales Nelly Meana, Carlos Manuel Fernández, María del Carmen Seoane y Claudio Otano (UCR).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Derechos de la juventud”. Convencionales Nelly Meana, Carlos Manuel Fernández, María del Carmen Seoane y Claudio Otano (UCR).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Protección de sendas y picadas”. Convencionales Nelly Meana, Carlos Manuel Fernández, María del Carmen Seoane y Claudio Otano (UCR).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Instituto Municipal de la Vivienda”. Convencionales Nelly Meana, Carlos Manuel Fernández, María del Carmen Seoane y Claudio Otano (UCR).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Policía municipal”. Convencional Claudio Otano (UCR).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Régimen electoral”. Convencional Claudio Otano (UCR).


Partido de la Victoria (PV)

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Departamento deliberante. Inclusión de inhabilidades”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Publicidad de los actos de gobierno”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Roles municipales. Declaraciones. Políticas especiales”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Gestión municipal viviendas vecinos de Bariloche” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Derechos populares”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Reserva inmobiliaria”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Ambiente”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Desarrollo urbano” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Plan integral de desarrollo”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Ampliación ejido municipal”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado municipal. Principio de aplicación”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Funciones y competencias municipales” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para la economía. Turismo”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para la economía. Ciencia y Tecnología” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para las personas. Seguridad y protección civil”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para las personas. Consumidores y usuarios” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para las personas. Deportes” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para las personas. Familia”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para las personas. Salud” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para las personas. Educación” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para las personas. Cultura” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para las personas. Identidad cultural”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Area recuperación urbana”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Parques de industria complementaria” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Areas especiales: cluster tecnológico” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Areas especiales: mercado concentrador mayorista” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Areas especiales: Concentrador del transporte de pasajeros y cargas”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Areas especiales: planificación eje Este-Sur”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio. Areas especiales: centro” Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Régimen electoral. Subdivisión territorial por circuitos. Padrones por circuitos”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Cultura de los pueblos originarios”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Normativa sobre juntas vecinales en un capítulo único”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Asesoramiento jurídico y contable a las juntas vecinales”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Suprimir artículo 7 Inc. 20”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Política de Estado municipal, Código Ambiental”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Control político y popular de los ciudadanos electos en cargos municipales”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Fondo para atender necesidades básicas más urgentes de los barilochenses”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Fondo de reparación económica a Bariloche”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV).



Partido de la Victoria (PV) y Alianza República de Iguales (ARI)

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Régimen electoral, prohibiciones”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, Rodolfo Rodrigo (PV) y Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Disposiciones transitorias: traspaso de Catedral a Bariloche”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, Rodolfo Rodrigo (PV) y Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para el territorio.Reserva inmobiliaria”.Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, Rodolfo Rodrigo (PV) y Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Régimen de gobierno: principios de gobierno”.Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, Rodolfo Rodrigo (PV) y Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Modificación del preámbulo y del artículo 2. Autonomía municipal”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV), y Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Género”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV) , y Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Régimen patrimonial y financiero. Potestad tributaria de la Municipalidad”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV) , y Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Políticas de Estado para la economía. Principios”. Convencional Stella Maris Rossi y Quiroga, y Rodolfo Rodrigo (PV), y Mónica Elvira (ARI).


Movimiento Patagónico Popular (MPP)

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Carta Orgánica de la Municipalidad de Bariloche. Proyecto reforma completa”. Convencional Luis Caram (MPP).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Limita reelección del Intendente a una única vez. Limita discresionalidad de algunas de sus facultades a la previa consulta de la opinión de la asamblea general de vecinos”. Convencional Luis Caram (MPP).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Referéndum para legitimación popular de la nueva COM”. Convencional Luis Caram (MPP)

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Incorporar Presupuesto participativo”. Convencional Luis Caram (MPP).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Política administrativa”.Convencional Luis Caram (MPP).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Capítulo de normas a tratar como Políticas de Estado hasta la próxima reforma de la COM”.Convencional Luis Caram (MPP).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Reconocer a las juntas vecinales como parte del gobierno municipal. Crear Asamblea de vecinos”.Convencional Luis Caram (MPP).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Limita reelección a una sola vez. Limita conformación de mayorías y favorece representación de minorías”.Convencional Luis Caram (MPP).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Modificación Tribunal de Cuentas”.Convencional Luis Caram (MPP).



Alianza República de Iguales (ARI)

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Modificación Capítulo III COM. Sistema de Gobierno”. Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador Adrián Moreno

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Privilegio mano de obra regional”. Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador Adrián Moreno, Pedro Pizarro, Luis José Valdés, Coordinadora Gremial Bariloche, Aleara, Alimentación.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Capítulo ambiente: áreas protegidas”. Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaboradores Juan J Paternó, Ana Wieman, Grace de Haro, Pablo Florido, Valeria Ojeda, Alejandro Yaniello, Sergio Vázquez, Piuké.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Voto electrónico”. Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador Adrián Moreno.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Presupuesto municipal para obra pública”. Convencional Mónica Elvira (ARI). Colaborador Adrián Moreno.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Municipio no eutanásico”. Convencional Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Ingerencia municipal en Penitenciarías”. Convencional Mónica Elvira (ARI).

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Capítulo X, sistema electoral, incorporación de artículo”. Convencional Mónica Elvira (ARI).


Alianza PRO (PRO)

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Carta Orgánica, Reforma completa: 215 artículos”. Convencional Carlos Bravo (PRO)


Proyectos presentados por vecinos

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Mecanismos estables para la planificación”. Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Iniciativa popular”. Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Medio ambiente, defensa de los usuarios y consumidores, salud pública, sanidad”. Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Actividades económicas. Incubación de empresas”.Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Promoción desarrollo científico y tecnológico de Bariloche”.Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Defensoría del vecino”.Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Doble lectura obligatoria para sanción de ordenanzas que afecten significativamente a la población”.Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Régimen electoral”.Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Patrimonio municipal, y administración”.Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Juicio político”.Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Prevención y erradicación de la violencia laboral en el municipio”. Vecinos por la Carta.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Operatividad de las normas”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Preexistencia de pueblos originarios”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Revocatoria de mandato”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Incorporar audiencias públicas”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Organo de Control de Gestión”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Participación ciudadana y democracia participativa”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Más relevancia al carácter turístico de la ciudad y turismo social”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Publicidad de los actos de gobierno y libre acceso a la información pública”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Autonomía municipal”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Derechos y deberes de los habitantes y vecinos”. Vecinos por la Carta

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Lotes baldíos”. Vecina Alicia Kubena.

Proyecto de Actualización Nº -CMCA-06. “Acceso a costas de lagos, ríos y arroyos”. Héctor Ferrero y Arístides R. Terrile (Partido Comunista).

miércoles, 8 de noviembre de 2006

REGLAMENTO INTERNO

CONVENCIÓN MUNICIPAL CONSTITUYENTE ACTUALIZADORA

PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Denominación. La Convención utilizará como denominación oficial la de Convención Municipal Constituyente Actualizadora de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante CMCA.
Sus miembros se denominan Convencionales Municipales. Se observará dicho tratamiento en toda la documentación oficial de la Convención, así como la que se remita a ésta.

Artículo 2.- Sede. La CMCA realizará sus sesiones en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, sito en el Centro Cívico, fuera de la cual los Convencionales no constituirán Convención. En casos de fuerza mayor, con el voto de dos tercios (2/3) de la totalidad de sus miembros, la CMCA decidirá el lugar de sesiones.

Artículo 3.- Plazo. La CMCA sesionará durante un plazo máximo de noventa (90) días corridos, de acuerdo con lo establecido por la Ordenanza 1602-CM-06.

Artículo 4.- Incorporación. Los Convencionales se incorporarán a la CMCA por el solo hecho de prestar juramento.

Artículo 5.- Los Convencionales tendrán el deber y el derecho de asistir con voz y voto a las sesiones de la CMCA.

Artículo 6.- Asistencia. Los Convencionales están obligados a asistir a todas las sesiones desde el día en que hubieran prestado juramento.
Cuando algún Convencional inasistiere a más de dos (2) sesiones consecutivas o tres (3) alternadas, sin permiso de la CMCA, en forma injustificada, el Presidente lo hará saber a la CMCA para que ésta adopte las medidas que crea convenientes, fundadas en criterios de equidad.
Los permisos de inasistencia se concederán por la CMCA siempre por tiempo determinado y caducarán con la presencia del Convencional en el recinto. En ningún caso se autorizará el reemplazo del Convencional en uso del permiso.

Artículo 7.- Nómina. Abierta la sesión, la Secretaría Legislativa confeccionará la nómina de los convencionales presentes y ausentes, indicando con relación a estos últimos, cuáles se encuentran con permiso y cuáles faltan con o sin aviso.

Artículo 8.- Inasistencia de la mayoría. En caso de inasistencia reiterada de la mayoría de los convencionales, la minoría podrá reunirse en el recinto de sesiones para acordar los medios de compeler a los inasistentes.

Artículo 9.- Publicidad. Cuando no se pueda formar quórum para la sesión, la Secretaría Legislativa hará publicar los nombres de los asistentes y de los inasistentes, expresando si la ausencia ha sido con aviso o sin él. Es obligación de los Convencionales presentes esperar media (1/2) hora después de la establecida para la sesión.

Artículo 10.- Conducta. Los convencionales están obligados a adecuar su conducta al presente Reglamento y a respetar el orden, la cortesía y la disciplina dentro del recinto parlamentario.

Artículo 11.- Renuncia. La CMCA, por mitad más uno de todos sus miembros, decidirá sobre las renuncias que los convencionales voluntariamente hicieran a sus cargos y convocará a los suplentes electos para su incorporación.

Artículo 12.- Informes. Para el mejor cumplimiento de las funciones constituyentes, cualquier convencional y/o el Secretario Legislativo tendrá derecho de recabar, con trámite de urgente despacho, información de cualquier organismo público, los datos, informes o documentación que hagan a la función y que obren en poder de aquellos. Tal información puede ser solicitada sin necesidad de explicar los motivos, y deberá ser contestada en el plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas de recibida. Sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, incurrirá en falta grave el funcionario público que incumpliere con esta disposición.

Artículo 13.- Presupuesto. El Presidente presentará el Presupuesto que deberá ser considerado y aprobado por la CMCA. Antes de finalizar las deliberaciones, ésta considerará su ejecución y la cuenta final de gastos y balance a través del dictamen que presente la Comisión Legislativa.

CAPÍTULO II - DE LAS SESIONES EN GENERAL

Artículo 14.- Todas las sesiones de la CMCA serán públicas, sin excepción. En el caso de las sesiones plenarias se llevará un registro de audio de cada una de ellas. La Oficina de Prensa de la CMCA informará a la opinión pública los días y horarios de las sesiones.

Artículo 15.- Quórum. Para iniciar las sesiones será necesaria la presencia efectiva en su banca de ocho (8) Convencionales. La Presidencia verificará la asistencia y en caso de que no haya quórum, se postergará la sesión para la misma hora del primer día hábil siguiente, quedando de hecho notificados los Convencionales.

Artículo 16.- Sesiones ordinarias. Serán sesiones ordinarias las que se celebren en los días y horas establecidos por la CMCA, rigiendo para su desarrollo las disposiciones contenidas en este Reglamento. No se admitirá el tratamiento de puntos no incluidos en la convocatoria, que debe confeccionar la Comisión Legislativa.

Artículo 17.- Sesiones especiales. Podrá convocarse a sesiones especiales cuando a juicio de la CMCA, con el voto positivo de dos tercios (2/3) de la totalidad de los miembros, haya un motivo urgente que lo justifique o cuando lo solicitare con expresión de causa un número no menor de la tercera parte (1/3) de la totalidad de los Convencionales en ejercicio del cargo, debiendo la CMCA, con el voto positivo de dos tercios (2/3) de la totalidad de sus miembros, juzgar sobre la pertinencia de la causa invocada. La notificación a sesión especial deberá hacerse por lo menos con veinticuatro (24) horas de anticipación.
En las sesiones especiales no regirá el ordenamiento establecido, y únicamente podrá considerarse el asunto contenido en la convocatoria.

CAPÍTULO III - DE LAS AUTORIDADES

Artículo 18.- Composición. Las autoridades de la CMCA estarán compuestas por: un (1) presidente, designado de acuerdo con la Ordenanza 1602-CM-06; un (1) vicepresidente primero y un (1) vicepresidente segundo que corresponden a la segunda y tercera minoría respectivamente.
Las vicepresidencias no tendrán más atribuciones que las de sustituir por su orden al Presidente, cuando éste se hallare impedido o ausente. En caso de ausencia, inhabilidad o impedimento de los Vicepresidentes, el Presidente será reemplazado por los Presidentes de las Comisiones de trabajo, éstas en el orden establecido en el artículo 33.

CAPÍTULO IV - DE LA PRESIDENCIA

Artículo 19.- Son deberes del Presidente:
1) Aplicar el presente Reglamento y proceder con arreglo a él, haciendo cumplir sus disposiciones.
2) Someter a consideración de la CMCA el acta de la sesión anterior y, una vez aprobada, autenticarla con su firma y la del Secretario Legislativo.
3) Disponer la citación a los Convencionales, llamar a éstos al recinto y abrir las sesiones.
4) Dar cuenta por Secretaría Legislativa de los asuntos entrados y destinarlos a las comisiones que corresponda para su tratamiento.
5) Dirigir la discusión y la sesión de acuerdo con el presente Reglamento.
6) Llamar a los Convencionales a la cuestión y al orden.
7) Proponer las votaciones, y proclamar por Secretaría Legislativa los resultados; hacer efectivas las decisiones de la CMCA.
8) Autenticar con su firma el Diario de Sesiones y todos los actos de la CMCA.
9) Recibir las comunicaciones dirigidas a la CMCA, poniéndola en conocimiento de ésta por Secretaría Legislativa.
10) Proveer lo concerniente al mantenimiento del orden y funcionamiento de la CMCA.
11) Mantener el orden en el recinto. Podrá suspender la sesión en el caso de desorden, si no cesara el mismo después de una prevención, y levantar la sesión si reanudada, el desorden se repite.
12) Someter a la aprobación de la CMCA el Presupuesto.
13) Designar al Secretario Administrativo y al Secretario Privado de la Presidencia.
14) Nombrar a los empleados de la CMCA y removerlos en los casos que le corresponde, cuando lo crea necesario al mejor servicio, debiendo en caso de delito, ponerlos a disposición del juez competente con todos los antecedentes.
15) Otorgar el uso de la palabra al Convencional que la solicite.

Artículo 20.- El Presidente no podrá dar opinión desde su asiento sobre el asunto en discusión, pero tendrá derecho a tomar parte de ésta invitando a ocupar la Presidencia a quien deba reemplazarlo reglamentariamente.

Artículo 21.- El Presidente tiene voto. En sesión, ante casos de empate, dispondrá un cuarto intermedio de quince minutos tras el cual la CMCA votará nuevamente. Si persiste el empate, el Presidente desempata con voto de calidad.

Artículo 22.- En caso de renuncia del Presidente, o de los Vicepresidentes 1º y 2º, o su fallecimiento, o cualquier otro impedimento de hecho o de derecho, que les afectare en forma definitiva, la CMCA procederá a elegir su reemplazante, en la misma sesión en que fuera aceptada la renuncia o se tuviera por cierta la causa del impedimento.

Artículo 23.- Representación. Sólo el Presidente podrá hablar y comunicar en nombre de la CMCA.

CAPÍTULO V - DE LA SECRETARÍA LEGISLATIVA

Artículo 24.- Son obligaciones del Secretario Legislativo:
1) Asistir a la CMCA en lo referente a ingreso de proyectos, dictámenes de comisiones y sesiones de la CMCA.
2) Convocar, por orden del Presidente, las sesiones de la CMCA.
3) Organizar y distribuir el orden del día, con la orientación del Presidente y las instrucciones de la Comisión Legislativa.
4) Refrendar las actas de las sesiones de la CMCA.
5) Convocar, por orden del Presidente de la Comisión, a las reuniones de las comisiones.
6) Oficiar de Secretario de la Comisión Legislativa y labrar sus actas.
7) Practicar el escrutinio de las votaciones nominales de la CMCA.
8) Computar el resultado de las votaciones por signos.
9) Anunciar el resultado de las votaciones.
10) Recepcionar los proyectos que efectúen los Convencionales y los vecinos y distribuir sus copias a cada bloque político, dentro de las veinticuatro (24) horas de su recepción.
11) Confeccionar el cuadernillo fotocopiado de dictámenes para las sesiones de la CMCA.
12) Girar, por lo menos con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación, las citaciones a los señores Convencionales, cada vez que haya reunión de la CMCA, incluyendo en esta citación el orden del día. Asimismo, derivarlo al Responsable de Prensa para su difusión.
13) Controlar los pases de proyectos entre comisiones.
14) Archivar los antecedentes de los proyectos no sancionados.
15) Efectuar el seguimiento administrativo y documental del estado de los proyectos.
16) Recibir todos los proyectos que genere cada uno de los bloques que integre la CMCA, a iniciativa de uno de los Convencionales o, cualquier habitante o institución de la ciudad de Bariloche. Los proyectos se presentarán en Secretaría Legislativa, se dará cuenta de su entrada en la primera reunión de Comisión Legislativa siguiente a su presentación, ingresando al orden del día de la sesión ordinaria respectiva, siendo ésta, la que lo remita a la respectiva comisión.

Artículo 25.- Ubicación. En el recinto de la CMCA el Secretario Legislativo ocupará asiento junto al Presidente en el orden que éste designe.

CAPÍTULO VI - DEL DIARIO DE SESIONES

Artículo 26.- El Diario de Sesiones será considerado como acta y deberá contener:
1. El nombre de los Convencionales presentes, ausentes con aviso o sin él, y con licencia.
2. La hora y fecha de apertura de la Sesión y el lugar en que se hubiera celebrado.
3. Las observaciones, correcciones y aprobación del Acta de la Sesión anterior, de corresponder.
4. Todos los asuntos, comunicaciones y proyectos de que se haya dado cuenta, su distribución y cualquier resolución que hubiesen motivado.
5. El orden y forma de discusión de cada asunto, con determinación de los Convencionales que en ella tomaron parte y versión textual de lo que hubieren expresado.
6. Todas las inserciones que cualquier Convencional solicitare dejar constancia en el Diario de Sesiones, siempre que se refieran a los temas en tratamiento.
7. La resolución de la CMCA en cada asunto, que deberá publicarse completa al final del diario de sesiones.
8. La hora y fecha en que se hubiese levantado la Sesión, así como los cuartos intermedios habidos en ella.

Artículo 27.- Grabaciones. La Presidencia organizará un servicio de registro de grabaciones para tomar las versiones de los debates de la CMCA. Traducida la versión, por Secretaría Legislativa se entregará a los Convencionales una prueba de sus exposiciones para su corrección, la que deberá ser devuelta antes de las setenta y dos (72) horas de recepcionada la misma.
La Presidencia deberá mantener y custodiar ese material hasta finalizar la CMCA.

Artículo 28.- En caso de divergencia entre el texto propuesto por el Convencional y el texto que surja de la versión de audio, se tomará como válida a esta última.

Artículo 29.- Versión definitiva. El Presidente revisará las Actas de Sesión, dispondrá lo necesario para que ella se ajuste a las prescripciones de este Reglamento y las someterá a consideración de la CMCA. El Presidente y la Secretaría Legislativa autenticarán un (1) ejemplar, formando con ello el Diario de Sesiones de la CMCA que dará fe de las deliberaciones del Cuerpo.

CAPÍTULO VII - DE LOS BLOQUES POLÍTICOS

Artículo 30.- Los Convencionales podrán organizarse en bloques políticos de acuerdo con sus afinidades partidarias, debiendo comunicar tal circunstancia a la Presidencia mediante nota firmada, la que además expresará sus integrantes, su composición y la designación de sus autoridades.

Artículo 31.- Cada Bloque tendrá derecho a disponer de la infraestructura necesaria para su funcionamiento y a designar un Secretario de Bloque y colaboradores a cargo de la CMCA y por fuera de su seno.

Artículo 32.- En caso de escisión de un bloque político constituido al inicio de la CMCA, sus Convencionales deberán acordar la distribución del presupuesto que se les hubiera otorgado.


CAPÍTULO VIII - DE LAS COMISIONES

Artículo 33.- Enumeración. La CMCA, para desarrollar su cometido, integrará cinco (5) Comisiones permanentes de trabajo, y un número a determinar de Comisiones eventuales según lo designe el Plenario de la CMCA con el voto positivo de diez (10) Convencionales. Las Comisiones permanentes de trabajo son, a saber:
1) Legislativa.
2) De Redacción.
3) De Municipio, Naturaleza y Jurisdicción; Organización Institucional y Política.
4) De Participación Popular, Declaraciones, Derechos, Deberes y Garantías.
5) De Régimen Económico, Servicios Públicos, Planificación, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.

1) Comisión Legislativa: Estará integrada por el Presidente de la CMCA, que la presidirá, y los Presidentes de los Bloques políticos. Previo inicio de cada sesión deberán reunirse para preparar planes de labor parlamentaria, confeccionar el orden del día e informarse del estado de los asuntos en las comisiones, promover medidas prácticas para la agilización de los debates y proponer a aquellas que conduzcan a un mejor funcionamiento del cuerpo. Las decisiones de la Comisión Legislativa se adoptarán con el voto de los integrantes quienes lo harán por simple mayoría, con voto simple de todos sus integrantes, salvo en caso de empate donde el Presidente tendrá doble voto. A sus reuniones deberá asistir obligatoriamente el Secretario Legislativo de la CMCA.

2) Comisión Redactora: Tendrá como función controlar la corrección ortográfica y gramatical de redacción de los artículos de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, aprobados en sesión; también coordinar, compatibilizar, sistematizar, armonizar, ordenar, numerar e integrar las disposiciones de la Reforma, y someter a consideración de la CMCA las observaciones que estime pertinente.

3) Comisión de Municipio, Naturaleza y Jurisdicción; Organización Institucional y Política: Compete a ella dictaminar sobre el preámbulo, declaraciones, garantías, competencia municipal, símbolos. Gobierno municipal, tribunales, sindicaturas, organismos de control y toda institución gubernativa, responsabilidad de autoridades, funcionarios y agentes públicos, juicio político, relaciones municipales, acefalías y conflictos, patrimonio municipal, recursos, personal, organismos descentralizados, empresas autárquicas, municipalizaciones, concesiones, expropiaciones, organización política e institucional referidas a la estructura, competencias, facultades y relación de los poderes públicos; como así también la revisión, modificación, derogación y/o incorporación de nuevas herramientas y organismos públicos municipales, revisión y/o modificación del régimen electoral y afines.

4) Comisión de Participación Popular, Declaraciones, Derechos, Deberes y Garantías: Compete a ella sobre la revisión, modificación, derogación y/o incorporación de declaraciones, derechos (individuales, sociales y políticos), los atinentes a asociaciones intermedias, del consumidor, iniciativa popular y políticas especiales, del vecino, a la información, etc., banca del vecino, juntas vecinales, defensor del pueblo, deberes y garantías, herramientas y sistemas de participación popular, del o al texto de la Carta Orgánica Municipal y afines.

5) Comisión de Régimen Económico, Servicios Públicos, Planificación, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente: Compete a ella dictaminar sobre el régimen económico, servicios públicos, planificación, desarrollo urbano y medio ambiente, loteos, costas, impacto ambiental, cotas constructivas, residuos, residuos tóxicos, patogénicos, contaminación ambiental, visual, auditiva, bosques nativos, reservas naturales, espacios verdes y afines.

Artículo 34.- Las Comisiones 2, 3, 4 y 5 que describen el artículo 33, estarán integradas por siete Convencionales que tendrán voz y voto. La designación de los Convencionales que integrarán las Comisiones, estará a cargo del Presidente de cada Bloque. Para su integración deberá mantenerse el siguiente criterio de distribución, a saber dos (2) Convencionales del FPV, uno (1) de la UCR, uno (1) del PV, uno (1) del MPP, uno (1) del ARI y uno (1) del PRO. En caso de permiso o renuncia acordada a algún Convencional, el reemplazo del mismo deberá ser comunicado por el Presidente del Bloque que correspondiere al Presidente de la Comisión, con copia a la Presidencia a sus efectos.

Artículo 35.- En las Comisiones 2, 3 , 4 y 5 que describe el artículo 33, en caso de ausencia del Convencional integrante de la Comisión podrá hacer uso de la palabra, sin derecho a voto, cualquier otro Convencional de su Bloque o uno de hasta tres colaboradores acreditados a tal fin ante la Presidencia de la CMCA.

Artículo 36.- Autoridades. Las Comisiones 2, 3, 4 y 5 descriptas en el artículo 33, se constituirán inmediatamente después de nombradas, de acuerdo con la composición política de los bloques reconocidos por el Plenario al momento de aprobarse el Reglamento, y permanecerán inalterables mientras dure la Convención aunque hubiere modificaciones ulteriores en la composición de los bloques. Decidirán la forma de su funcionamiento y elegirán a pluralidad de votos un (1) Presidente y un (1) Secretario. El mismo día de su constitución, las Comisiones fijarán días y horas de reunión con el voto positivo de la mayoría simple de la totalidad de los miembros. El Presidente tendrá doble voto en caso de empate.

Artículo 37.- Derechos. Todos los miembros de una Comisión tienen voz y voto. Los Convencionales que no sean miembros de las Comisiones pueden asistir a las reuniones de éstas, y participar en los debates, pero sin derecho a voto. Las Comisiones tendrán su sede en los lugares que determine la Convención y funcionarán en forma permanente.

Artículo 38.- Despachos Generales. Cada una de las Comisiones permanentes formulará despachos generales de los proyectos que se hubiesen presentado. El término para la emisión de despachos vencerá el 6 de diciembre de 2006. El Presidente de cada Comisión podrá ordenar el reagrupamiento temático de los proyectos. Producidos los despachos generales por las Comisiones permanentes, los mismos serán girados a la Comisión de Redacción, debiendo contar con la firma de por lo menos la mitad más uno de sus integrantes.

Artículo 39.- Despachos Parciales. La Comisión de Redacción deberá efectuar los despachos parciales sobre los temas dictaminados, de acuerdo a las facultades y directivas que establece el artículo 33 del presente, y contar con la mayoría de firmas indicada en el párrafo anterior. Una vez producidos los mismos, serán remitidos en forma inmediata para su tratamiento y votación en el Plenario de la Convención, incluyéndoselos en el orden del día respectivo. Los despachos parciales aprobados por el Plenario de la CMCA serán girados a la Comisión de Redacción para su incorporación al despacho final. Si fuesen desaprobados pasarán al archivo.

Artículo 40.- Despacho final. La Comisión Legislativa deberá fijar fecha y hora con una antelación de diez (10) días de la finalización del plazo de sesiones fijado conforme el artículo correspondiente de la Ordenanza 1602-CM-06, para que la Comisión de redacción presente el texto ordenado y único de todas las reformas incorporadas a la Carta Orgánica Municipal.
El despacho final deberá dar cumplimiento a la mayoría de firmas exigidas en los artículos precedentes.

Artículo 41.- Después de considerar un asunto y convenir en los puntos de su dictamen, en la misma reunión en que lo suscriba, la Comisión designará al miembro informante de los fundamentos del despacho acordado para sostenerlo en el plenario de la CMCA.
A solicitud de cualquier Convencional las reuniones de comisión podrán tener el correspondiente registro de grabación, que estará a cargo del Secretario de la Comisión, quien deberá arbitrar los medios para el resguardo de las mismas hasta tanto sean desgrabadas y transcriptas al acta con firma de los integrantes de la Comisión.

Artículo 42.- Despachos de unanimidad, mayoría y minoría. Sólo se considerará despacho de la mayoría a aquellos que reúnan el voto de la simple mayoría de la Comisión. Si las opiniones de los miembros de una Comisión se encontrasen divididas, las minorías tendrán derecho a presentar sus dictámenes en las mismas condiciones y oportunidad que la mayoría. Los dictámenes de unanimidad serán los suscriptos por todos los Convencionales integrantes de la Comisión.
Producidos los dictámenes de comisión, serán impresos numerándolos correlativamente en su orden de presentación, antes de ser remitidos a la Comisión de Redacción.

Artículo 43.- Convocatoria y funcionamiento. La convocatoria a reuniones de comisión se hará para horas que no coincidan con las de sesión de la CMCA y en las citaciones se consignarán los asuntos a tratar. En todos los casos se labrarán actas de las resoluciones que adopten las comisiones.

Artículo 44.- Quórum. Las comisiones para funcionar necesitarán de la presencia de la mayoría de sus miembros. Transcurrida media hora y sin que se haya logrado el quórum establecido, la minoría podrá estudiar asuntos, sin adoptar resolución definitiva o despachos en los temas considerados.

Artículo 45.- Las comisiones deberán reunirse, por lo menos, una vez por semana y labrarán un acta de los asuntos tratados en cada reunión.

CAPÍTULO IX - DE LA PARTICIPACIÓN DEL VECINO EN LA CMCA

Artículo 46.- Toda persona física o jurídica tendrá derecho a presentar proyectos de reforma ante la CMCA hasta el 6 de noviembre inclusive. Vencido ese plazo, la CMCA, no recibirá más propuestas de los vecinos según este Reglamento, salvo que dispusiere lo contrario.

Artículo 47.- Las reuniones de las comisiones temáticas tienen carácter público. Asimismo, el Presidente de la Comisión invitará al/los autor/es del/los proyecto/s oportunamente presentado/s para que exponga/n oralmente sus opiniones sobre el/los mismo/s.

Artículo 48.- A los fines de la participación de los vecinos prevista en el artículo anterior, cada autor del proyecto dispondrá de diez minutos para fundar el mismo cuando la Comisión comience a tratar el tema abordado por el proyecto.

CAPÍTULO X - DE LA PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS

Artículo 49.- Proyectos. Los convencionales, instituciones y vecinos pueden presentar Proyectos de Actualización hasta el 6 de noviembre de 2006, los cuales serán girados por la CMCA a las comisiones correspondientes. Los mismos deberán presentarse en forma de Proyecto de Actualización y podrán referir a cualquiera de los temas regulados por la Carta Orgánica Municipal.

Artículo 50.- Proyectos de Actualización. Se presentarán en forma de proyecto de actualización a la Carta Orgánica toda proposición que tenga por objeto la innovación de alguna o algunas disposiciones de la Carta Orgánica Municipal, quedando comprendidos los proyectos de sanción de nuevos artículos, modificación, derogación total o parcial de los vigentes y/o cláusulas transitorias.

Artículo 51.- Proyectos de Resolución. Los Convencionales podrán presentar en forma de Proyecto de Resolución toda proposición que tenga por objeto la adopción de medidas relativas a la composición u organización interna de la CMCA y en general toda disposición de carácter imperativo que adopte la CMCA dentro de sus atribuciones.
Para su aprobación, los Proyectos de Resolución no necesitarán de la intervención previa o posterior de la comisión de redacción.

Artículo 52.- Forma. Todo proyecto se presentará por escrito y firmado por su autor o autores, conforme al modelo que como Anexo I integra el presente Reglamento. Los proyectos de actualización a la Carta Orgánica Municipal o de Resolución no deberán contener necesariamente los motivos determinantes de sus disposiciones, las que deberán ser de un carácter rigurosamente preceptivo.

Artículo 53.- Inserción en el Diario de Sesiones. Los proyectos, sus fundamentos o mensajes, en su caso, serán insertados íntegramente en el Diario de Sesiones, en el orden en que se les hubiese enunciado.

Artículo 54.- Publicidad. Todo proyecto presentado a la CMCA y sus fundamentos, será puesto a disposición de los medios de comunicación para su difusión.

CAPÍTULO XI - DE LAS MOCIONES

Artículo 55.- Toda proposición hecha de viva voz desde una banca por un Convencional, es una moción.

Artículo 56.- Serán mociones de orden:
1.- Que se levante la Sesión.
2.- Que se pase a cuarto intermedio.
3.- Que se declare libre el debate.
4.- Que se cierre el debate.
5.- Que se pase al Orden del Día.
6.- Que se trate una cuestión de privilegio.
7.- Que la CMCA se constituya en Comisión.
8.- Que se aplace la consideración de un asunto.
9.- Que un asunto vuelva a Comisión.
10.- Que la CMCA se constituya en sesión permanente.
11.- Que la CMCA se aparte circunstancialmente del Reglamento únicamente en lo relativo a la forma de discusión de un asunto.
12.- Que sea revisado algún proyecto ya aprobado.

Artículo 57.- Prioridad. Las mociones de orden serán previas a todo otro asunto aún al que esté en debate. Para su votación, se tendrá en cuenta el orden en que las mismas han sido planteadas por los Convencionales.
Las comprendidas en los cinco (5) primeros incisos serán puestas a votación sin discusión. Para plantear la cuestión a la que se refiere el inciso 6), el Convencional dispondrá de cinco (5) minutos, después de lo cual la CMCA resolverá por el voto positivo de dos tercios (2/3) de los presentes o más, si la cuestión planteada resulta procedente. En caso afirmativo, se girará a la Comisión Legislativa para considerar el fondo de la cuestión; en caso negativo, pasará al archivo.
Las mociones comprendidas en los seis últimos incisos se discutirán brevemente no pudiendo cada Convencional hablar sobre ella más de una vez y sólo por un término no mayor de cinco (5) minutos, con excepción del autor que podrá hacerlo dos (2) veces.
Si al formularse la moción la CMCA se encuentra sin quórum, el Presidente recogerá las mociones que se presenten y las pondrá a votación en el orden que fueron solicitadas, al reunirse el número reglamentario.

Artículo 58.- Mayoría. Las mociones de orden necesitarán para ser aprobadas la mayoría de los votos emitidos, excepto las de los incisos 6), 7), 8), 9), 10), 11) y 12) del artículo 56 que requerirán para su aprobación de 2/3 partes. Todas podrán repetirse en la misma sesión sin que ello importe reconsideración.

Artículo 59.- Es Moción de preferencia toda proposición que tenga por objeto anticipar el momento en que, con arreglo al Reglamento, corresponda tratar un asunto, tenga o no despacho de comisión.
El asunto para cuya consideración se hubiere acordado preferencia sin fijación de fecha será tratado en la reunión siguiente o subsiguiente de la Comisión, como primero del orden del día.
Cuando se hubiere acordado preferencia con fijación de fecha, será tratado en la reunión que se realice en la fecha fijada, como el primero del orden del día; la preferencia caducará si el asunto no se trata en dicha sesión o si la sesión no se celebra.

Artículo 60.- Moción sobre tablas. Es toda proposición que tenga por objeto tratar un proyecto en la misma sesión en que fue ingresado. Para la aprobación de la moción se requerirá el voto afirmativo de las tres cuartas partes de los Convencionales presentes.

Artículo 61- Es moción de reconsideración toda proposición que tenga por objeto rever una sanción en general o particular, y no podrá repetirse en la misma sesión.
Sólo podrá formularse cuando el asunto se encuentre en discusión o en la misma sesión en que fue sancionado, y requerirá ser aprobado por los dos tercios (2/3) de los votos emitidos.

Artículo 62- Cualquiera de los proyectos ya aprobados por la CMCA podrá ser revisado por ésta, a pedido de cualquier Convencional. Para resolver la revisión de la norma aprobada se requerirá el voto favorable de las cuatro quintas partes de la totalidad de los miembros. Esa revisión se hará pública y deberá ser incorporada en el orden del día siguiente o subsiguiente al de la sesión en que se propusiera la revisión.

CAPÍTULO XII - DEL USO Y ORDEN DE LA PALABRA

Artículo 63.- La palabra será concedida siguiendo el orden que a continuación se establece:
1.- Al miembro informante de la mayoría.
2.- A los miembros informantes de las minorías.
3.- Al autor del proyecto en discusión.
4.- Al Convencional que tenga la representación de un bloque político de la CMCA.
5.- En el orden en que fuera pedida la palabra.

Artículo 64.- El o los miembros informantes de las comisiones, tendrán siempre derecho a replicar discursos pronunciados durante el debate o contestar observaciones al despacho. En caso de oposición entre el autor del proyecto y la Comisión, aquel tendrá derecho a hablar en último término.

Artículo 65.- A indicación del Presidente o a moción de orden de un Convencional, la CMCA, cuando lo estime conveniente, declarará cerrado el debate.

CAPÍTULO XIII - DE LA DISCUSIÓN EN SESIÓN

Artículo 66.- Todo proyecto o asunto que deba ser considerado por la CMCA pasará por dos (2) discusiones; la primera en general y la segunda en particular. La discusión en general tendrá por objeto la idea fundamental del asunto considerado en conjunto y la en particular tendrá por objeto cada uno de los distintos artículos de los proyectos o períodos en cuestión.

Artículo 67.- Trámite. Ningún proyecto podrá ser tratado sin el despacho elaborado por la Comisión de Redacción a que alude el artículo 33 del presente, a no mediar resolución en contrario de la CMCA adoptada por el voto positivo de las dos terceras (2/3) partes.

Artículo 68.- Conclusión. La discusión de un proyecto quedará terminada con la resolución recaída sobre el último artículo.

CAPITULO XIV - DE LA DISCUSIÓN EN GENERAL

Artículo 69- Uso de la palabra. Con la excepción de los casos expresamente establecidos en este Reglamento, cada Convencional no podrá hacer uso de la palabra sino una (1) vez, a menos que tenga que rectificar aseveraciones equivocadas que se hayan hecho sobre sus palabras, para lo cual dispondrá de cinco (5) minutos improrrogables.
Los miembros informantes de los despachos en mayoría y minoría podrán hacer uso de la palabra durante quince (15) minutos. Los demás Convencionales limitarán sus exposiciones a diez (10) minutos, salvo resolución expresa de la CMCA, emanada por el voto de la mayoría simple de los Convencionales presentes.

Artículo 70.- Debate libre. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, la CMCA podrá declarar libre el debate, previa moción de orden al efecto, en cuyo caso cada Convencional tendrá derecho a hablar cuantas veces lo estime conveniente, pero exclusivamente sobre el asunto sometido a discusión y por un lapso de hasta diez (10) minutos por vez.

Artículo 71.- Conclusión. Una vez cerrado el debate, y hecha la votación, se pasará a su discusión en particular del despacho que resulte aprobado.

Artículo 72.- Vuelta a Comisión. Un despacho que después de aprobado en general vuelve a Comisión antes de iniciarse la discusión en particular, al considerarlo nuevamente la CMCA lo someterá al trámite ordinario como si no hubiese recibido aprobación alguna, pero si hubiese sido aprobado en general y parcialmente en particular, tanto la aprobación en general como lo aprobado en particular se considerará definitivo, salvo que dichas aprobaciones fueran reconsideradas por la CMCA, con el voto en positivo de las dos terceras (2/3) partes.

CAPITULO XV - DE LA DISCUSIÓN EN PARTICULAR

Artículo 73.- Forma. La discusión en particular se hará por artículo o por período en detalle, debiendo recaer sucesivamente votación sobre cada uno, excepto los casos previstos expresamente por este Reglamento.

Artículo 74.- Uso de la palabra. En la discusión en particular cada Convencional podrá hacer uso de la palabra una vez durante diez (10) minutos y una segunda vez por cinco (5) minutos para efectuar aclaraciones.
Para los miembros informantes de los despachos de mayoría y minoría, el tiempo para el uso de la palabra será de quince (15) minutos.

Artículo 75.- Trámite. El nuevo artículo o artículos propuestos a la Comisión durante la discusión deberán presentarse por escrito; si la Comisión no los aceptase, se votará en primer término el artículo original del despacho aprobado en general, y si éste fuese rechazado, el nuevo artículo o artículos serán considerados en el orden en que hubiesen sido propuestos.

CAPÍTULO XVI - DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA DISCUSIÓN

Artículo 76.- El orador sólo puede hacer uso de la palabra con el permiso del Presidente.

Artículo 77.- El orador en uso de la palabra se dirigirá siempre al Presidente o a los Convencionales en general, evitando en lo posible sus nombres.

Artículo 78.- Los discursos podrán ser leídos durante el uso de la palabra. El orador podrá utilizar apuntes o leer citas o documentos breves.

Artículo 79.- Están absolutamente prohibidas las interrupciones reiteradas, las alusiones irrespetuosas, personalizaciones o insultos, ya sea individualmente o por sectores y toda otra manifestación que ofenda a la CMCA. Cualquiera de estas expresiones, actos o manifestaciones, significan falta al orden.
En cualquiera de los casos precedentemente enumerados el Presidente, a pedido de un Convencional, invitará al o a los Convencionales que hayan motivado el incidente a explicar o retirar sus palabras.
Si se accediere a la invitación, se dará por terminado el incidente, caso contrario, o si las explicaciones no fueren satisfactorias, a juicio del Presidente éste lo llamará al orden, circunstancia que se consignará subrayándola en actas.

Artículo 80.- Llamamiento a la cuestión. El Presidente por sí o a petición de cualquier Convencional, deberá llamar a la cuestión al orador que se apartase de ella. De persistir el orador en su actitud podrá retirarle el uso de la palabra.

Artículo 81.- Falta al orden. Un orador falta al orden cuando viola las prohibiciones y prescripciones de este Reglamento o cuando incurre en insultos o interrupciones reiteradas, sean éstas verbales o gestuales.

Artículo 82.- Reincidencia. Cuando un Convencional ha sido llamado al orden por dos (2) veces en la misma sesión, si se aparta de él una tercera, el Presidente propondrá a la CMCA prohibirle el uso de la palabra por el resto de la sesión, la que decidirá con el voto de la mayoría simple de los Convencionales presentes.

Artículo 83.- Ningún Convencional podrá ser interrumpido en el uso de la palabra, a menos que se trate de una explicación pertinente y eso sólo será permitido con la venia del Presidente y consentimiento del orador.

Artículo 84.- El orador podrá ser interrumpido por el Presidente cuando se saliere notablemente de la cuestión, cuando faltare al orden o se excediere el tiempo reglamentario en el uso de la palabra. En este último caso el Convencional podrá solicitar la prórroga del tiempo para hacer uso de la palabra por un plazo de hasta cinco (5) minutos.

Artículo 85.- Si el Convencional reconvenido por el Presidente pretendiera que no resulta aplicable el artículo anterior, la CMCA lo decidirá inmediatamente con una votación sin discusión, continuando el orador en el uso de la palabra si así se resolviere.

Artículo 86.- El Presidente no permitirá las discusiones en forma de diálogo.

CAPÍTULO XVII - DE LA VOTACIÓN

Artículo 87.- Convocatoria. Antes de toda votación, el Presidente llamará para tomar parte de ella, a los Convencionales que se encuentren en el edificio sede de la CMCA.

Artículo 88.- Podrá votarse de dos maneras:
1.- Nominalmente: A viva voz. Cada Convencional será invitado a ello por el Secretario legislativo.
2.- Por signos: En todos los casos, a través de la Presidencia, se consignará el detalle de la votación.

Artículo 89.- Las votaciones nominales se tomarán por orden alfabético.
Para que se compute el voto es necesario que el Convencional ocupe su banca.
En caso de votación dividida la Presidencia dejará constancia por Secretaría Legislativa del sentido del voto de cada Convencional.

Artículo 90.- Toda votación se realizará por la afirmativa, por la negativa o por la abstención, precisamente en los términos en que está escrito el artículo o período que se vote.

Artículo 91.- Quórum de votación. Siempre que la sesión se hubiese iniciado como lo establece el artículo 15 y aunque durante el transcurso de la misma exista un número inferior de Convencionales, al momento de la votación de todas las resoluciones será necesaria la presencia en el recinto de igual número de Convencionales exigidos para el quórum.

Artículo 92.- Resoluciones de la Convención. Para las resoluciones de la Convención, será necesaria la simple mayoría de los votos emitidos, entendiéndose por simple mayoría, más de la mitad de los votos emitidos, con un mínimo de cinco votos positivos.

Artículo 93.- En sesión, ante casos de empate, se dispondrá un cuarto intermedio de quince (15) minutos tras el cual la CMCA votará nuevamente. Si persiste el empate, el Presidente desempata con voto de calidad. .

Artículo 94.- Si se suscitaren dudas respecto del resultado de la votación, inmediatamente de proclamada, cualquier Convencional podrá pedir la repetición de la misma, la que se practicará con los Convencionales que hubieren tomado parte de ella.

CAPÍTULO XVIII - DE LA SESIÓN

Artículo 95.- A la hora fijada para el inicio de la Sesión, habiendo quórum, el Presidente declarará abierta la misma, indicando el número de Convencionales presentes. El temario u orden del día de las sesiones ordinarias, será el siguiente: 1) Exposición a cargo de invitados especiales, si los hubiera; 2) Informe de Presidencia; 3) Aprobación de actas; 4) Informe de los asuntos entrados; 5) Solicitud de retiro de proyectos; 6) Tratamiento de proyectos sobre tablas; 7) Solicitud y tratamientos con preferencia; 8) Tratamiento de proyectos con dictamen de comisión.

Artículo 96.- A continuación el Presidente, por intermedio del Secretario Legislativo, dará cuenta de los asuntos entrados en el siguiente orden: 1.-De las comunicaciones oficiales recibidas; 2.-De los despachos de Comisiones; 3.-De las peticiones o asuntos de particulares; 4.-De los proyectos que se hubieren presentado, girados a comisión; 5.-De la solicitud de retiro de proyectos; 6) Proyectos que tengan pedido sobre tablas.

Artículo 97.- Relación de los asuntos. El Presidente, a medida que dé cuenta de los asuntos entrados, informará sobre su trámite y destino. Una vez finalizada la lectura de los asuntos entrados se pasará inmediatamente a considerar el orden del día.

Artículo 98.- Enmiendas. Al iniciarse cada reunión los Convencionales podrán indicar los errores de las actas de la sesión anterior, tomando nota el Secretario de las observaciones formuladas a fin de su corrección, excepto resolución en contrario tomada por la Convención sin discusión, con el voto en positivo de las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de los Convencionales.

Artículo 99.- Discusión. Los asuntos se discutirán en el orden en que figuren impresos en los órdenes del día aprobados y distribuidos por la comisión legislativa, salvo resolución de la CMCA en contrario, emanada por el voto de la mayoría simple de los convencionales presentes.

Artículo 100.- Al entrar a considerarse el Orden del Día, el Presidente hará conocer los asuntos que tengan preferencia.

Artículo 101.- Votación. Cuando no hubiere ningún convencional que tome la palabra o después de cerrado el debate, el presidente propondrá la votación del proyecto, artículo o punto en discusión.

Artículo 102.- Cuarto intermedio. El Presidente puede invitar a la CMCA a pasar a un cuarto intermedio, necesitando para aprobarse la moción, el voto de la mayoría simple de los Convencionales presentes.

Artículo 103.- Conclusión. La Sesión no tendrá duración determinada y será levantada por resolución de la CMCA, previa moción de orden al efecto o a indicación del Presidente cuando hubiere terminado el orden del día.
Cuando la CMCA hubiere pasado a cuarto intermedio y no reanudare la Sesión en el mismo día, ésta quedará levantada de hecho, salvo el caso de que se hubiera resuelto pasar a cuarto intermedio hasta un día determinado.

Artículo 104.- Queda prohibida toda señal bulliciosa de aprobación o repudio por parte de la barra o de cualquier particular. El Presidente mandará salir del recinto a toda persona que contravenga estas disposiciones. Si el desorden es general deberá llamar al orden y si continúa o se reincide, suspenderá la sesión hasta que esté desocupada la barra. En caso de resistencia al desalojo, el Presidente empleará todos los medios que considere necesarios, inclusive el de la fuerza pública, para hacer obedecer la orden.


CAPÍTULO XIX - DISPOSICIONES FINALES

Artículo 105.- Modificaciones. Ninguna disposición de este Reglamento podrá ser alterada ni derogada, sino únicamente por medio de un proyecto que seguirá la tramitación que establece el mismo Reglamento y que no podrá considerarse en la misma sesión en que hubiese sido presentado.

Artículo 106.- Todo Convencional puede reclamar al Presidente la observancia de este Reglamento si juzga que se contraviene a él, pero si el autor de la supuesta infracción pretendiere que ésta no existe lo resolverá la CMCA por mayoría absoluta.

Artículo 107.- La Carta Orgánica será jurada en primer término por el Presidente de la CMCA, por el Vicepresidente primero, por el Vicepresidente segundo, por los demás Convencionales en orden alfabético y demás funcionarios de la CMCA Luego por las autoridades de la ciudad.

Artículo 108.- Todo miembro de la CMCA tendrá un ejemplar impreso del presente Reglamento.

Artículo 109.- El día del acto del juramento de la Carta Orgánica Municipal, se le otorgará a cada Convencional el diploma respectivo.

Artículo 110.- La Convención también otorgará los certificados respectivos a los funcionarios de la CMCA, y a las demás personas que, a juicio de la Presidencia, hayan prestado una especial colaboración para la redacción de la Carta Orgánica Municipal.

Artículo 111.- En los casos no previstos por este reglamento, regirá en forma supletoria, el Reglamento vigente del Concejo Municipal.

Artículo 112.- Vigencia. Este Reglamento comenzará a regir a partir del momento de su aprobación en particular.

Anexo I

Reglamento Interno de la Convención Municipal Constituyente Actualizadora de San Carlos de Bariloche.


Proyecto de Actualización.

Descripción sintética: (síntesis del tema del proyecto).

Antecedentes: (detallar ordenanzas, resoluciones, leyes, notas u otros).

Fundamentos: (optativo).

Autor o autores: (detallar nombre, apellido, dirección postal, teléfono).


La Convención Municipal Constituyente Actualizadora
de San Carlos de Bariloche,
sanciona
-------------------------------------------------------------------------------------------

Proyecto de Resolución

Descripción sintética: (síntesis del tema del proyecto).

Antecedentes: (detallar ordenanzas, resoluciones, leyes, notas u otros).

Fundamentos: (optativo).

Autor o autores.

La Convención Municipal Constituyente Actualizadora
de San Carlos de Bariloche, sanciona con carácter de

Resolución

martes, 7 de noviembre de 2006

Propuesta: Iniciativa legislativa popular

Presentada por Vecinos x la Carta

Descripción sintética: actualización de la normativa que rige la iniciativa popular ajustando el porcentual de firmas requeridas y estableciendo un mecanismo posterior para poder consultar a la ciudadanía al respecto de una iniciativa que haya sido presentada

Antecedentes

Constitución Nacional

En la República Argentina, este instituto de democracia semi-directa, se incorpora a la Constitución Nacional con la reforma constitucional que se llevó a cabo en el año 1994. Dentro de la primera parte de la constitución, capítulo segundo, y junto con los Nuevos Derechos y Garantías, se establece en el artículo 39, que “los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados”.
La tercera disposición transitoria de la Constitución Nacional, establecía que la reglamentación de la iniciativa legislativa debía producirse dentro de los 18 meses de la sanción de la Constitución reformada.
El 27 de noviembre de 1996, el Congreso sanciona con el voto favorable de la mayoría absoluta de la totalidad de miembros de cada cámara, la ley 24.747, que reglamenta la iniciativa legislativa establecida en el artículo 39 de la Constitución Nacional. La misma, es promulgada en diciembre de ese mismo año.
El artículo 3 de dicha ley, establece que no podrán ser objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.
Según esta ley, la iniciativa popular requerirá la firma de un número de ciudadanos no inferior al uno y medio por ciento (1,5 %) del padrón electoral utilizado para la última elección de diputados nacionales y deberá representar por lo menos a seis (6) distritos electorales.
Se establece también, que una vez admitido el proyecto de ley por iniciativa popular ante la Cámara de Diputados de la Nación, el Congreso deberá darle expreso tratamiento dentro del término de doce meses.
Desgraciadamente, las limitaciones establecidas tanto en la Constitución Nacional como en la ley 24.747, junto con la falta de conciencia de la ciudadanía en general, han hecho que la presentación de proyectos de ley por parte de la ciudadanía no sea muy frecuente.
Constitución de la Provincia de Río Negro

ART. 2 El poder emana del pueblo, quien delibera y gobierna por medio de sus representantes y autoridades legalmente constituidas, con excepción de los casos del referéndum, consulta, iniciativa y revocatoria populares. A toda persona con derecho a voto le asiste el derecho a iniciativa ante los cuerpos colegiados para la presentación de proyectos.

Art 228 Los municipios dictan su carta orgánica para el propio gobierno conforme a esta constitución, que asegura básicamente:
Los principios del régimen representativo y democrático
La elección directa con representación proporcional en los cuerpos colegiados.
El procedimiento para su reforma
El derecho de consulta, iniciativa, referéndum, plebiscito y revocatoria de mandato
Un sistema de contralor de las cuentas públicas

Carta Orgánica de San Carlos de Bariloche

Art. 36°) Las ordenanzas tienen origen en el Concejo Municipal por proyectos presentados por sus miembros, por el Departamento Ejecutivo o por los ciudadanos en ejercicio del derecho de Iniciativa Popular.

Iniciativa

Art. 65°) El electorado, ejerciendo el Derecho de Iniciativa, tiene la facultad de solicitar al Concejo Municipal la sanción o derogación de ordenanzas o resoluciones sobre cualquier asunto de competencia municipal, siempre que no importe derogación de tasas, derechos, aranceles, contribuciones y gravámenes o disponga la ejecución de gastos no previstos en el presupuesto, sin arbitrar los recursos correspondientes a su atención.
Art. 66°) El Derecho de Iniciativa se ejercerá mediante un proyecto avalado por firmas que representen el diez por ciento del electorado municipal. El Concejo Municipal tratará el proyecto dentro de diez días de presentado. En caso de ser rechazado, dentro de los tres días hábiles el Intendente Municipal habilitará libros de firmas para que en el lapso de treinta días el cuerpo electoral continúe con la iniciativa, suscribiéndolos. De reunirse el veinte por ciento del electorado, el Intendente Municipal convocará a Referéndum Popular que se realizará dentro de los treinta días contados a partir de la fecha de cierre de los libros de firmas.

Fundamentación

La iniciativa popular es el derecho de los electores a presentar un proyecto de ley para su necesario tratamiento por el organismo legislativo.
El sistema representativo afirma que el pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes. Sin embargo la fragilidad de la relación entre representantes y representados nos obliga a cuestionarnos si los instrumentos tradicionales de participación, como son los comicios y los partidos políticos, resultan suficientes para un ejercicio pleno de la ciudadanía.
La sociedad demanda que cuestiones que son consideradas como de interés general por la población, sean tenidas en cuenta por quienes ejercen el poder y la toma de decisiones. Para el correcto funcionamiento de un régimen democrático, es necesario aplicar elementos que mitiguen las contradicciones del sistema representativo que invariablemente ha desembocado en condiciones de no-identificación entre ambos actores. La democracia participativa es uno de los primeros argumentos que favorecieron a la democracia directa o semidirecta en su condición de haberle otorgado al ciudadano un rol más activo, que contribuye a disminuir la indiferencia al régimen político.
Los “proyectos de ley” o de ordenanzas a nivel municipal, son una propuesta de norma jurídica de interés general y cumplimiento obligatorio y, por esa razón, no existe la posibilidad que un ciudadano lo promueva individualmente; para poder llevar adelante una herramienta de estas características es necesario cumplir ciertos requisitos que la norma establece. Los distintos ordenamientos, tanto a nivel nacional como provincial, que contemplan la “iniciativa popular” establecen que un determinado número de adherentes deben suscribir el proyecto. Por medio de esta institución, los ciudadanos no legislan directamente, pero ponen en movimiento el mecanismo legislativo, provocando una actividad legislativa del Congreso o del concejo deliberante

Autor o autores: Vecinos por la Carta
Por vecinos por la carta:

Nombre y apellido: Leandro Lescano
Dirección
Teléfono
E-mail:

Nombre y apellido: Oscar Bressan
Dirección
Teléfono
E-mail:

Nombre y apellido: Gerardo Waidelich
Dirección: La Habana 302
Teléfono 483253
E-mail: gwaidelich@speedy.com.ar

Nombre y apellido: Alejandro Stengel
Dirección
Teléfono
E-mail:

Nombre y apellido: Carola Ruvira
Dirección: Paihuen 2849. Bariloche
Teléfono: 441022 – 15 58 58 88
E-mail: carolar@bariloche.com.ar








La Convención Municipal constituyente actualizadora sanciona:

Art xx Las ordenanzas tienen origen en el Concejo Municipal por proyectos presentados por sus miembros, por el Departamento Ejecutivo o por los ciudadanos en ejercicio del derecho de Iniciativa Popular.

Iniciativa popular

Art. …. El electorado, ejerciendo el derecho de iniciativa popular, tiene la facultad de solicitar al Concejo Deliberante la sanción o derogación de ordenanzas sobre cualquier asunto de competencia municipal
El proyecto de sanción o derogación de ordenanzas deberá estar avalado por un número de electores no inferior al tres por mil del total del último padrón electoral. El Concejo Deliberante, deberá someterla a consideración del Cuerpo, dentro del plazo de 30 días de la recepción. En el caso de rechazo deberá expedirse fundadamente sobre el mismo.
Esta vedada la presentación de proyectos que importen derogación de tasas, derechos, aranceles, contribuciones y gravámenes o disponga la ejecución de gastos no previstos en el presupuesto, sin arbitrar los recursos correspondientes a su atención.

También podrán presentar proyectos, con la restricción temática mencionada en el párrafo precedente, las Instituciones o entidades intermedias con personalidad jurídica reconocida. En este caso deberá ser sometido a expreso tratamiento dentro del plazo de seis meses de la presentación.

Si los proyectos fueren desestimados por el Concejo Deliberante o si resultando aprobados fueren vetados por el Departamento Ejecutivo, el diez por ciento (10%) de los electores podrá solicitar, dentro de los sesenta días, que la propuesta sea sometida a referéndum popular. Si el resultado del referéndum fuere negativo, el proyecto será desechado no pudiéndose insistir en el mismo por un plazo de un (1) año. Si por el contrario el resultado fuere afirmativo la iniciativa quedará automáticamente aprobada, debiendo sancionarse por el Concejo en la primera sesión ulterior a la oficialización del resultado del referéndum.
La convocatoria a referéndum popular no podrá exceder el plazo de sesenta días de presentada la solicitud y el acto electoral (referéndum), a los ciento veinte días de formulada aquella.

ANEXO
Ejemplos en otras cartas orgánicas

Provincia de Buenos Aires

En el año 1994, se llevó a cabo en la provincia de Buenos Aires, una importante reforma constitucional. Los constituyentes provinciales tuvieron un gran acierto al incluir en el artículo 67, uno de los institutos de la democracia semi-directa: la iniciativa legislativa.
Según este artículo, queda consagrado para los bonaerenses, el derecho de iniciativa para la presentación de proyectos de ley, con excepción de los referidos a reforma constitucional, aprobación de tratados y convenios, presupuesto, recursos, creación de municipios y de órganos jurisdiccionales,
Ese artículo también dice que una ley determinará las condiciones, requisitos y porcentaje de electores que deberán suscribir la iniciativa. La famosa ley reglamentaria.
Este artículo 67 se complementó con el artículo 210, que establecía que la iniciativa legislativa debía ser reglamentada en un plazo que no debía exceder al primer período legislativo posterior a la reforma.
Desgraciadamente, han pasado más de diez años de dicha reforma constitucional, y la iniciativa legislativa en la provincia de Buenos Aires, todavía no se ha puesto en marcha, debido a que los legisladores bonaerenses, en un grave caso de incumplimiento de la constitución provincial, todavía no la han reglamentado.
Esperemos que cuando se dignen a cumplir la que hoy es “letra muerta sobre el papel”, establezcan procedimientos simples, y sobre todo, ágiles, ya que esto posibilitará una mayor participación de los ciudadanos bonaerenses.

Rawson
Facultades – Atribuciones – Deberes
Artículo N° 72.-: Son facultades, atribuciones y deberes del Concejo Deliberante:

48..Llamar a referéndum y considerar los casos de iniciativa popular de acuerdo a lo establecido por esta Carta Orgánica.
TITULO III : FORMACION Y SANCION DE LAS ORDENANZAS
CAPITULO UNICO

Iniciativa
Artículo N° 83.-: Los proyectos de ordenanzas son presentados por los Concejales, por el Poder Ejecutivo o por los ciudadanos en ejercicio del derecho de Iniciativa Popular.
Iniciativa
Artículo N° 187.-: En ejercicio del derecho de iniciativa, cualquier elector municipal podrá presentar al Concejo Deliberante proyectos de Ordenanza.
El Concejo Deliberante debe darle expreso tratamiento dentro del término de ciento veinte (120) días corridos, contados desde el día de su presentación.

Resistencia

CAPÍTULO CUARTO
FORMACION Y SANCION DE LAS ORDENANZAS

Origen. Las ordenanzas tendrán origen en el Concejo Municipal en virtud de proyectos presentados por los Concejales, por el Intendente, por los Jueces Municipales, por el Defensor del Pueblo o por Iniciativa Popular.

TÍTULO PRIMERO
FORMAS DE PARTICIPACIÓN

CAPÍTULO PRIMERO
INICIATIVA POPULAR

Presentación de proyectos. Los electores tendrán el derecho de iniciativa popular para presentar proyectos de ordenanza. La iniciativa requerirá la petición de no menos del tres por mil de los ciudadanos inscriptos en el último padrón electoral municipal.
Requisitos y restricciones. Los proyectos deberán contener firma certificada de los peticionantes ante la autoridad que determine la ordenanza correspondiente.
En ningún caso deberán plantearse por esta vía cuestiones atinentes a tributos, presupuesto, reforma de la Carta Orgánica, aceptación o rechazo de convenios y acuerdos intermunicipales e interjurisdiccionales, régimen electoral o de los partidos políticos.
Tramitación. Recibido el proyecto de Ordenanza, será anunciado en la primera sesión inmediata y pasará sin más trámites a comisión. El Concejo Municipal deberá darle expreso tratamiento dentro del término de doce meses corridos contados desde el día de su presentación. Producido el despacho, el Concejo se expedirá fundadamente sobre el mismo

Cipolletti
Titulo 1
Capitulo Único
Sección Primera
DECLARACIONES GENERALES.

Art. 2°- El pueblo de Cipolletti gobierna y delibera a través de sus representantes y de los derechos de iniciativa, revocatoria y referéndum, Su intervención, además, se canaliza a través de los partidos políticos, los que expresan el pluralismo ideológico concurriendo a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumentos fundamentales de la participación y representación política.
Capítulo V
DE LA SANCION, PROMULGACION Y PUBLICACION DE LAS DISPOSICIONES MUNICIPALES,
Art. 51° - las ordenanzas tienen principio en el Concejo Deliberante por proyectos Presentados Por sus miembros, Por el Intendente o por los ciudadanos por sí o en ejercicio del derecho de iniciativa popular,
Título VI
DE LOS DERECHOS POPULARES
Capítulo 1
INICIATIVA.

Art. 98 - El electorado ejerciendo el
derecho de iniciativa, tiene la facultad de solicitar al Concejo Deliberante la sanción o derogación de ordenanzas, siempre que ello no importe derogación de tasas, derechos, aranceles, contribuciones o gravámenes o disponga la ejecución de gastos no previstos en el presupuesto, sin arbitrar los recursos correspondientes a su atención,

Art. 99° - El derecho de iniciativa se ejercerá mediante un proyecto avalado por firmas que representen el diez por ciento (10%) el electorado municipal. El Concejo Deliberante tratará el proyecto dentro de los treinta (30) días de presentado,

Art. 100° - En caso de ser rechazado, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes el Intendente Municipal habilitará libros de firmas para que en el lapso de treinta (30) días el Cuerpo Electoral lleve adelante la iniciativa, suscribiéndolos, De reunirse el veinte por ciento (20%) del electorado, el Intendente Municipal convocará a referéndum popular, que se realizará dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de cierre de los libros de firmas. Si el resultado del referéndum fuere negativo, el proyecto será desechado no pudiéndose insistir en el mismo por un plazo de dos (2) años. Si por el contrario el resultado fuere afirmativo la iniciativa quedará automáticamente aprobada, debiendo sancionarse por el Concejo en la primera sesión ulterior a la oficializaci6n del resultado del referéndum.

Comodoro Rivadavia

CAPITULO II INICIATIVA POPULAR
Artículo 143. Los electores tienen el derecho de Iniciativa Popular para presentar proyectos de ordenanza [Art. 232 (1) de la Constitución Provincial]. El Concejo Deliberante los trata dentro del término de cuatro (4) meses contados desde su presentación. No pueden ser objeto de Iniciativa Popular las siguientes materias: a. Reforma de la Carta Orgánica. b. Celebración de convenios y acuerdos intermunicipales e interjurisdiccionales. c. Creación y organización de Secretarías del Poder Ejecutivo. d. Presupuesto. e. Tributos. f. Contravenciones g. Régimen electoral. h. Partidos Políticos. i. Todo asunto que importando un gasto no prevea los recursos correspondientes para su atención. La ordenanza reglamenta las condiciones para el ejercicio de este derecho y asegura la gratuidad de la certificación de las firmas cuando se efectúe ante el Tribunal Electoral Municipal. Toda iniciativa debe acreditar el aval de por lo menos el tres por ciento (3%) de los electores.

Ushuaia

Iniciativa popular
ARTÍCULO 246.- Todo elector tiene el derecho de presentar proyectos de ordenanza. No pueden ser objeto de Iniciativa Popular:
1. La reforma de esta Carta Orgánica;
2. Todo asunto que importando un gasto no prevea los recursos correspondientes para su atención.-
TRAMITE
ARTÍCULO 247.- Recibido el proyecto de ordenanza, es anunciado en la primera sesión inmediata y pasa sin más trámite a comisión. El Concejo Deliberante debe darle expreso tratamiento dentro del término de SEIS (6) meses corridos, contados desde el día de su presentación. Producido el despacho, el Concejo Deliberante se expide fundadamente sobre el mismo.-

Posadas
CAPITULO SEGUNDO: La Iniciativa.

Artículo 32º.- El electorado municipal, ejerciendo el derecho de iniciativa, tiene la facultad de solicitar al Concejo Deliberante la sanción o derogación de ordenanzas, siempre que ello no importe derogación de las que establezcan impuestos, tasas, derechos, aranceles, contribuciones o gravámenes; o dispongan la ejecución de gastos no previstos en el presupuesto, sin arbitrar los recursos correspondientes a su atención.

Artículo 33º.- El derecho de iniciativa se ejercerá mediante un proyecto avalado por firmas certificadas por la Junta Electoral Municipal, que representen por lo menos el diez por ciento (10 %) del electorado. El Concejo Deliberante tratará el proyecto dentro de los treinta días de presentado. En caso de ser rechazado, dentro de los tres días hábiles siguientes el Intendente Municipal habilitará libros de firmas, dándoles amplia publicidad para que en el lapso de treinta días corridos el Cuerpo Electoral lleve adelante la iniciativa, suscribiéndolos. De reunirse el veinte por ciento del electorado el Intendente Municipal convocará a referéndum popular, que se realizará dentro de los treinta días corridos contados a partir de la fecha de cierre de los libros de firmas. Si el resultado fuere afirmativo, la iniciativa quedará automáticamente aprobada, debiendo sancionarse por el Concejo en la primera sesión ulterior a la oficialización del resultado del referéndum.

General Roca

CAPITULO II - DEL DERECHO DE INICIATIVA
FACULTAD
ARTICULO 92º - El Cuerpo Electoral Municipal tiene, por medio del Derecho de Iniciativa, la facultad de solicitar la sanción de Ordenanzas o Resoluciones sobre cualquier asunto de competencia municipal, que no importe derogación de gravámenes o disponga la ejecución de gastos no previstos en el presupuesto, sin arbitrar los recursos correspondientes para su atención.-
PROCEDIMIENTO
ARTICULO 93 º - El derecho de Iniciativa se ejercerá mediante la presentación de un proyecto, avalado con la firma, domicilio e identidad de los solicitantes que representen, como mínimo, el diez (10) por ciento del electorado municipal.- El Concejo Municipal tratará el proyecto dentro de los diez (10) días de presentado. Pasado dicho lapso sin que sea tratado, se entenderá que fue rechazado.- En caso de rechazo, dentro del plazo de tres días, el Intendente Municipal habilitará libros de firmas para que en el lapso de treinta (30) días el cuerpo electoral continúe con la Iniciativa, suscribiéndolos. De reunirse el veinte (20) por ciento del electorado, el Intendente Municipal, convocará a Referéndum Popular que se realizará dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de cierre de los libros de firma. Si no se alcanzare el porcentaje indicado, el proyecto será desechado, no pudiéndose insistir en el mismo, por un plazo de dos años. Si por el contrario, el resultado fuere afirmativo, la Iniciativa quedará automáticamente aprobada, debiendo sancionarse por el Concejo en la primera sesión ulterior a la oficialización del resultado del Referéndum.-
CAUSALES
ARTICULO 94º - El mandato de los funcionarios electivos podrá ser revocado por ineptitud, negligencia o irregularidad en el desempeño de sus funciones. Los cargos deberán hacerse en forma individual para cada funcionario objetado.-