jueves, 28 de diciembre de 2006

Prensa: La Convención definió el planeamiento para el desarrollo de la ciudad

La Convención definió el planeamiento para el desarrollo de la ciudad

La Convención Municipal Constituyente Actualizadora definió el miércoles 27 de diciembre a la noche el desarrollo estratégico de la ciudad, que entre otros aspectos incluye un Consejo de Planeamiento y Desarrollo Estratégico, un Banco Inmobiliario y un Instituto Municipal de la Vivienda.
Para llegar a la definición última y redacción del articulado, los convencionales consensuaron posiciones de varios proyectos, que conceptualmente tenían importantes concordancias.
Así establecieron el principio rector según el cual la Municipalidad deberá promover un desarrollo estratégico, que contemple políticas de desarrollo social, económica y ambientalmente sustentable.
Además crearon una unidad de Planeamiento Estratégico y de Desarrollo Local y Regional, integrada por técnicos multidisciplinarios, para asesorar al municipio.
También definieron la creación de un Consejo de Planeamiento y Desarrollo Estratégico, de carácter permanente y honorario, para ser consultado por diversos organismos y personas, presidido por el Intendente Municipal e integrado por el Concejo Municipal, ONGs, vecinos y otros organismos públicos.
Dentro del nuevo articulado figura un Banco Inmobiliario, que es una reserva inmobiliaria, constituido por los bienes existentes afectados, y mediante la compra u otra forma de adquisición de bienes, para vivienda, espacios verdes, infraestructura social.
De la misma manera creó un Instituto Municipal de la Vivienda, que velará y facilitará el acceso a la vivienda.
Sobre la llegada de la noche los convencionales debatían la propuesta de limitar la construcción alrededor y en los extremos de la ruta de circunvalación, y en la zona oeste, y tenía previsto abordar la eventual creación de la banca de la juventud.

Convención Municipal Constituyente Actualizadora
Area de Prensa

Prensa: Restricciones constructivas y censo

Restricciones constructivas y censo

Entre los últimos artículos aprobados por la Convención Municipal Constituyente Actualizadora, en el plenario del miércoles 27 a la noche, se destacan las restricciones para las construcciones y loteos en 300 metros a ambos lados y en los extremos de la ruta de Circunvalación.
Asimismo, los convencionales plantearon restricciones para nuevos loteos y subdivisiones parcelarias en el oeste de la ciudad, incluido Colonia Suiza y Circuito Chico.
Ambas normas fueron aprobadas por mayoría, con la abstención de los convencionales del FPV.
Finalmente, la Convención promovió la realización de un relevamiento poblacional durante el año 2007, sugiriendo a la Municipalidad que inicie las gestiones para concretarlo.

Convención Municipal Constituyente Actualizadora
Area de Prensa

miércoles, 27 de diciembre de 2006

Prensa: La Convención dispuso elecciones desdobladas para Bariloche

En su último plenario regular, la Convención Municipal Constituyente Actualizadora de la Carta Orgánica de Bariloche, dispuso en el plenario que comenzó en la tarde del martes 26 y se extendió hasta la madrugada del miércoles 27 que las elecciones de autoridades municipales de la ciudad deberán hacerse en fecha diferente a las provinciales y nacionales.
Esa fue la decisión luego de un intenso debate y dos votaciones, separadas por un cuarto intermedio reglamentario para los casos de empate.
En la primera votación, avalaron el desdoblamiento los cuatro convencionales de la UCR, además de los representantes del ARI y el MPP, y Stella Maris Rossi, del PV. Se opusieron los convencionales del FPV y Carlos Bravo, del PRO; y se abstuvo Rodolfo Rodrigo, del PV. Eso significó un empate en siete votos.
Luego del cuarto intermedio, la abstención de Rodrigo se transformó en un voto a favor del proyecto, al igual que el cambio del voto negativo de Bravo, que pasó a respaldar la iniciativa. Se mantuvo en la oposición el bloque del FPV completo. Resultado: nueve a seis, y la imposición del proyecto por mayoría.
El mismo plenario aprobó por mayoría la creación de un banco municipal en el ámbito municipal; además de numerosas normas de régimen económico y de obras y servicios públicos.
También por mayoría, establecieron que el municipio deberá gestionar la derogación de la ley del poder concedente eléctrico en la ciudad; la promoción del acceso a la vivienda; incentivos para empresas que contraten mano de obra local; la creación de un fondo de protección ambiental; y de otro fondo fiduciario para necesidades más urgentes, entre diversos artículos nuevos.
La sesión del Plenario se extendió hasta después de las dos de la madrugada, cuando el cuerpo entró en un cuarto intermedio hasta el miércoles a las 18.

Convención Municipal Constituyente Actualizadora
Area de Prensa

martes, 26 de diciembre de 2006

Reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios

Queridos amigos:
Me es grato compartir con uds. la noticia de la aprobaciòn que se diera en estas horas, por parte de la Convenciòn Constituyente de Bariloche en plenario, del texto del capítulo sobre el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios.
Dicho texto viene a incorporar algunos conceptos a los ya grandes avances que al respecto se han venido dando en las reformas de las Constituciones de Neuquén y Tucumán, incluyendo tambièn sus postulados a lo largo de un capítulo de 8 artículos incluído en el Título "Declaraciones, Deberes, Derechos y Garantías".
Entre los conceptos que se vienen a sumar a los demás textos constitucionales, podemos citar la incorporación de nociones tales como la reivindicaciòn de la cultura y espiritualidad indigena por parte del estado, así como el respeto a la integridad de sus lugares sagrados. También se promueve el reconocimiento a su derecho a la propiedad intelectual sobre los elementos que conforman su cultura (patrimonio cultural, lingüístico, artístico, etc.)
Se reconoce la preexistencia (no solo étnica y cultural) del pueblo mapuche y de los demás pueblos originarios de la región, zanjando finalmente una vieja discusión respecto de la "nacionalidad argentina o chilena" de los pueblos originarios de la región.
Se brinda entidad jurídica tanto a sus comunidades como a las organizaciones representativas que fijen los pueblos, sin requerir la tramitación de una personería jurídica para contar con legitimación. Al mismo tiempo, se respeta la propia institucionalidad social y política de las comunidades y organizaciones.
Se promueven además desde el municipio la interacciòn y el intercambio con sus comunidades urbanas y rurales de origen, así como el desarrollo del etnoturismo, estableciéndose asimismo un sistema de consulta previa que deberá observar el estado para cualquier asunto que pueda afectarlos.
Se incorporan los conceptos de la nueva ley de educación en cuanto a interculturalidad; tanto como los principios revelados por el art. 8 "j" del Convenio sobre Diversidad Biológica, en cuanto respeta, preserva y mantiene los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de los pueblos originarios que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica.
Se establece ademàs que el estado municipal de Bariloche realiza acciones positivas y dicta normas tendientes a garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos establecidos en el presente capítulo.
En definitiva, el presente capítulo viene a aportar algunos elementos que podrán significar un nuevo avance en el proceso de reconocimiento que los derechos de los pueblos originarios vienen logrando a través de sus luchas.
El texto, que adjunto al presente, será jurado a partir del 4 de enero próximo, por lo que podrá ser citado a continuación en todo proceso político, administrativo o judicial a lo largo de todo el pais.
Les envío un abrazo a todos
Darío Duch

MPP - Gacetilla Nº 20 - Tribunal de Cuentas

Convención Municipal Constituyente Actualizadora - CMCA
Bloque Movimiento Patagónico Popular
Gacetilla de Prensa n° 20

Sin Información no hay Participación
Sin Participación no hay Democracia

En consonancia con los comentarios realizados en la nota firmada por los Vecinos por la Carta que habla de los organismos de control de gestión, el Bloque MPP de la presente CMCA, quiere realizar públicamente una aclaración.

Durante toda la campaña para la elección de Convencionales el MPP sostuvo como ejes principales la Participación Popular y el Control de Gestión. Por tal motivo, uno de los proyectos presentados por nuestro bloque ha sido el referente al Tribunal de Cuentas.

Es nuestra obligación decir, en este momento, que el proyecto presentado por el MPP ha sido el único, dentro de los bloques convencionales, que ha sostenido el principio de Profesionalidad para este Órgano de Control. Y es nuestro deber, volver a repetir, que consideramos un grave error promover la elección de este Tribunal como si fuera un cargo político más, dentro de las listas sábanas, en las elecciones municipales.

La principal diferencia que plantea el proyecto del MPP es el nacimiento y la conformación de este Órgano de Control Administrativo del Poder Ejecutivo. De acuerdo con nuestro proyecto, sería elegido por el Concejo Deliberante, a través de un llamado a Concurso Público. Además, estaría compuesto por tres profesionales (dos abogados y un contador) que durarían en sus cargos más de un período de gobierno para asegurar la continuidad y la imparcialidad de la gestión.

La propuesta votada por mayoría en la Comisión de Municipio, Naturaleza y Jurisdicción, propone que sean tres integrantes elegidos por los partidos políticos y votados en elecciones junto al resto de los cargos políticos municipales. A su vez, estas tres personas podrían designar otras para ser asesorados profesionalmente, en el caso en el que lo requieran. Por otro lado, durarían en sus funciones el mismo tiempo que sus controlados.

Adjuntamos el proyecto del MPP para su información y difusión pero sabemos que, probablemente, al momento de recibir este informe, ya habrá sido tratado en el Plenario.

Atentamente y Cordialmente,

Luis Caram
Convencional Constituyente
Bloque MPP


CONVENCION MUNICIPAL CONSTITUYENTE ACTUALIZADORA PARA LA REFORMA DE LA CARTA ORGANICA DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE


PROYECTO DE ACTUALIZACION

TRIBUNAL DE CUENTAS


Art. …) Todo funcionario o empleado que maneja bienes del patrimonio público o pueda disponer de ellos, debe, por lo menos semestralmente, prestar rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas.


Art. …) El Tribunal de Cuentas está integrado por tres miembros, dos de los cuales deben ser contadores públicos y el restante abogado, en todos los casos con siete años de ejercicio en la profesión y cinco de residencia en San Carlos de Bariloche, como mínimo. Deben ser ciudadanos argentinos. Serán designados previo concurso de antecedentes y oposición por orden de merito o puntaje, conforme a la ordenanza respectiva. Duran diez años en sus funciones, siendo inamovibles durante ese período, excepto por las causales y los mecanismos previstos por esta Carta Orgánica Municipal, pudiendo ser redesignados. Ejercen la Presidencia del órgano anualmente, en forma rotativa.


Art. …) El Tribunal de Cuentas tiene las siguientes facultades y deberes:
1. Controla la legitimidad de lo ingresado e invertido en función del presupuesto por la administración centralizada y descentralizada, empresas del Estado, sociedades con participación estatal, beneficiarios de aportes municipales

2. Vigila el cumplimiento de las disposiciones legales y procedimientos administrativos; inspecciona las oficinas públicas que administran fondos, tomando las medidas necesarias para prevenir irregularidades; promueve juicio de cuentas y juicio de responsabilidad a funcionarios y empleados, aún después de cesar en sus cargos y a todos sus efectos, por extralimitación o cumplimiento irregular, en la forma que establezca la Ordenanza declara la responsabilidad y formula cargo, cuando corresponda.
3. Dictamina sobre las cuentas de inversión del presupuesto (lo que se llama actualmente "Balance" o cuenta General del Ejercicio) que el Departamento Ejecutivo presenta al Concejo Deliberante para su aprobación.
4. Provee a la designación de los órganos de fiscalización interna y externa de las empresas, sociedades, entidades crediticias, entes y organismos autárquicos del Estado.
5. Informa anualmente al Concejo Deliberante sobre los resultados del control que realiza y emite opinión sobre los procedimientos administrativos en uso, sin perjuicio de los informes que puede elevar en cualquier momento por incumplimientos o irregularidades.
6. Analiza todo los actos administrativos que se refieran a la hacienda pública y los observa cuando contraríen o violen disposiciones legales o reglamentarias. Las observaciones serán comunicadas al organismo de origen y suspenderán el cumplimiento del acto. El Intendente bajo su exclusiva responsabilidad, podrá insistir en el cumplimiento de los actos observados, que quedarán firmes. Esta circunstancia se comunicará al Concejo Deliberante.
7. Dicta su reglamento interno, fija las normas a las cuales deberán ajustarse las rendiciones de cuentas, designa y remueve su personal.


Art. ...) La Ordenanza Orgánica del Tribunal de Cuentas, que requiere para su aprobación el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo Deliberante, garantiza:
1. La intangibilidad del sueldo de sus miembros, el que no puede ser reducido durante el desempeño de sus funciones por acto de autoridad, pero está sujeto a los aportes provisionales y de la seguridad social, a los tributos en general y a las disminuciones que se dispongan por leyes de carácter general y transitorio extensivas a todos los Poderes del Estado, en el marco del ejercicio de poderes emergenciales
2. La facultad de preparar su propio presupuesto y la de nombrar o remover su personal.


Art. …) Cualquier miembro del Concejo Municipal o del Tribunal de Cuentas podrá solicitar la intervención de la Contraloría General de la Provincia cuando el Tribunal de Cuentas no cumpla con sus funciones.

AUTOR : Convencional LUIS CARAM con la colaboración de sus Asesores ANTONIO MERCADO, CARLOS D. RINALDIS, PATRICIA VEDOYA y JOSÉ LUIS GOIN.

FUNDAMENTOS : Partimos de las siguientes premisas:

Existe división de poderes. Esto significa que hay un poder que determina las políticas a seguir y otro que las ejecuta. No tiene sentido el control si un solo poder o un solo hombre tiene la suma del poder público porque él no tendría que dar cuenta a nadie de sus actos

La obligación de rendir cuentas, por parte de las personas o entidades que manejan recursos públicos, está cada vez más en la conciencia de todos por lo que hay una mayor necesidad de que dicha obligación se cumpla de forma correcta y eficaz.

No puede haber división de poderes ni puede desenvolverse un gobierno democrático si no viene acompañado de un control del ejercicio del poder. De nada sirve que la ciudadanía vote si el desempeño del gobierno queda sumido en la oscuridad o a la versión que el mismo responsable transmite

Un aspecto importante del control es el control de los fondos y del patrimonio público.

Damos esa función a un órgano que denominamos Tribunal de Cuentas

Esta función incluye otras que derivan de aquélla y son imprescindibles para que el control sea operativo:

Facultad de instruir sumarios
de efectuar cargos
de observar actos, emanados de funcionarios que violen disposiciones legales o reglamentarias que lo paralizan y sólo pueden llevarse a cabo mediante insistencia
El objetivo de la Entidad Fiscalizadora Superior ( en adelante EFS) - legalidad, regularidad, economicidad, eficiencia y eficacia de la administración financiera – básicamente es de igual importancia (de la declaración de Lima)

El Tribunal de Cuentas debe ser un órgano técnico . Por lo tanto sus titulares deben poseer la competencia profesional exigida. No debe ser político porque no debe tomar ninguna decisión de carácter político. Si la toma, no cumple el objeto de su existencia. Los alcances de sus tareas, incluyendo las técnicas a aplicar están determinadas por distintos tratadistas y normas internacionales.

El Tribunal de Cuentas debe ser independiente del poder al que va a controlar en todos los aspectos. Presupuestario, nombramiento de personal, régimen de reemplazos, expulsión de sus miembros, etcétera.

El Tribunal de Cuentas es un órgano de alta especialización. Por lo tanto:

El desempeño de sus integrantes debe ser lo menos reducido posible en el tiempo
sus titulares deben poseer la competencia profesional exigida
Debe contar con una estructura de personal propia que le permita cumplir sus funciones

Si bien muchos de los enunciados que siguen podrían ser objeto de una Ordenanza, su inclusión en la Carta Orgánica Municipal se hace necesario por la falta de conciencia en materia de control.

MPP - Gacetilla Nº 21- Proyecto de Juicio Político

Convención Municipal Constituyente Actualizadora - CMCA
Bloque Movimiento Patagónico Popular
Gacetilla de Prensa n° 21

Sin Información no hay Participación
Sin Participación no hay Democracia

El Bloque del MPP desea manifestar públicamente su posición respecto del proyecto de Juicio Político que NO será incluido dentro de la nueva Carta Orgánica por decisión de la presente CMCA.

Durante la campaña a Elecciones de Convencionales afirmamos claramente que "la corrupción, la ineficiencia y la arbitrariedad son hijas directas de la concentración de poder." Y realizamos nuestra propuesta de reforma de la Carta Orgánica, que hemos intentado desarrollar en el trabajo en comisiones, y está unida a una profunda reforma del sistema político imperante.

Si queremos crear un cambio real y positivo en la sociedad en su conjunto es indispensable profundizar los mecanismos de participación popular en la vida política y, al mismo tiempo, los de control del ejercicio del poder instituido.

Para cambiar cualitativamente la participación hemos propuesto la Regularización de las Juntas Vecinales y la creación de la Asamblea General de Vecinos; la Iniciativa Popular; la Banca del Vecino; el Referendum y el Presupuesto Participativo, entre otras.

Al mismo tiempo, y con el objetivo de evitar o minimizar la corrupción en los Actos de Gobierno, hemos propuesto un Tribunal de Cuentas integrado por profesionales electos por concurso; la limitación de las mayorías automáticas para ampliar la representación de las minorías en el Concejo Deliberante para evitar las mayorías automáticas; la Revocatoria del Mandato y el Juicio Político en los casos de abuso o mal uso del poder por parte de los Funcionarios Públicos.

El bloque del MPP ha sostenido su posición de crear la herramienta de Juicio Político que se aplicaría sólo contra los Funcionarios Públicos (desde el Intendente hasta el Secretario y Prosecretario del Concejo Deliberante) que cometan mal desempeño en el cumplimiento de sus funciones y/o que violen la Carta Orgánica, entre otras causales.

Sostuvimos esta posición porque creemos firmemente que, quienes ocupan cargos políticos, deben hacerlo por responsabilidad social más que por beneficio de clase y no son, de ninguna manera, ciudadanos intocables.

El MPP sostuvo su posición pero la presente CMCA manifestó su voluntad política de NO darle lugar dentro de la nueva Carta Orgánica Municipal.

Atenta y Cordialmente,

Luis Caram
Convencional Constituyente
Bloque MPP

domingo, 24 de diciembre de 2006

Capítulo Pueblos Originarios

CAPÍTULO “PUEBLOS ORIGINARIOS”

Art 1: La Municipalidad de San Carlos de Bariloche reconoce la preexistencia del Pueblo Mapuche y de los demás pueblos originarios de la región, adhiriendo al plexo normativo vigente en materia indígena.

Art 2: Garantiza el respeto a su identidad y promueve el derecho a una educación bilingüe e intercultural que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, cosmovisión e identidad étnica; procurando su desempeño activo en un mundo multicultural y el mejoramiento de su calidad de vida.

Art 3: Reivindica el valor de su cultura y espiritualidad, respetando la integridad de sus lugares sagrados. Apoya el desarrollo, la conservación y el reconocimiento de los derechos sobre su patrimonio cultural, histórico, lingüístico, ritual y artístico.

Art 4: Reconoce a sus comunidades y organizaciones y respeta sus propias instituciones políticas, sociales y culturales; promoviendo la interacción y el intercambio de las mismas con sus comunidades urbanas y rurales de origen.

Art 5: Reconoce la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan y contribuye en la realización de gestiones destinadas a la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano.

Art 6: Asegura su participación en la gestión referida a los recursos naturales existentes en sus territorios y a los demás intereses que los afecten mediante un sistema de consulta previa con sus comunidades e instituciones representativas.

Proyecta y promueve la implementación y el desarrollo del etno-turismo en sus territorios tradicionales.

Art 7: Respeta, preserva y mantiene los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de los pueblos originarios que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica; garantizando su participación en la recuperación, protección y conservación de la misma.
Art 8: El estado municipal dicta normas y realiza acciones positivas tendientes a garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos consagrados en el presente capítulo.

El Cordillerano: "Bariloche se va a ubicar En un lugar de privilegio"

El Cordillerano, 23 de diciembre de 2006
EN MATERIA DE DERECHOS INDÍGENAS

"Bariloche se va a ubicar En un lugar de privilegio"
Esa fue la reflexión del asesor letrado de la Convención, al aprobar el cuerpo el reconocimiento a la preexistencia del pueblo mapuche. Por su parte, Felisa Curamil también valoró el articulado que se incluirá en el marco de la reforma.

El asesor letrado de la Convención Actualizadora de la Carta Orgánica valoró en forma sustantiva la incorporación de los derechos mapuches al texto que se debería jurar a principios de enero. Según el abogado Darío Rodríguez Duch, a partir de su sanción "Bariloche se va a ubicar en un lugar de privilegio" en términos de legislación indígena. Por su parte, Felisa Curamil, una de las mapuches que participó del proceso, señaló que hubo varios convencionales que se incomodaron cuando se introdujeron términos como "pueblo-nación" o "autodeterminación".
Si bien todavía resta la sanción definitiva de la reforma, los artículos que se aprobaron en los últimos plenarios establecen que la Municipalidad de Bariloche "reconoce la preexistencia del pueblo mapuche y de los demás pueblos originarios de la región" y que adhiere "al plexo normativo vigente en materia indígena". También "garantiza el respeto a su identidad y promueve el derecho a una educación bilingüe e intercultural que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, cosmovisión e identidad étnica", entre otras consideraciones.
Todo indica que el final será feliz, pero el camino no estuvo exento de dificultades. "Fue un proceso muy interesante porque dentro del plazo de presentación de proyectos, se elaboraron distintas iniciativas, como la de Vecinos por la Carta, del ARI, del Frente para la Victoria y del radicalismo. Pero las organizaciones mapuches locales también hicieron un texto de consenso, que presentaron formalmente. Sinceramente, había bastantes diferencias entre el texto que presentaron los mapuches y las propuestas que hacían los convencionales", reseño Rodríguez Duch.
Cabe recordar que el asesor es precisamente, un especialista en materia de legislación indígena y que en los últimos 10 años, patrocinó legalmente a decenas de comunidades mapuches en conflicto. Entonces, esa distancia inicial "ameritó un acercamiento. Los convencionales me pidieron que fuéramos cruzando las propuestas para acercarlas, porque realmente las diferencias eran muchas. Por ejemplo, el pueblo mapuche pedía que se incluyera una frase en el preámbulo o que se creara un consejo a nivel estatal que tuviera el 1,5 por ciento del presupuesto del municipio. Además, utilizaron una terminología que fue muy difícil acercar, pero el texto que quedó se fue acordando de a poco y realmente, las organizaciones quedaron conformes con el producto. Obviamente, había algunos convencionales con los cuales ya veníamos trabajando y estaban muy asesorados y otros que no. Conclusión: la sesión de la comisión fue bastante compleja".

Escozor

Según describió el abogado, "había términos, concretamente pueblo-nación mapuche, que producían mucho escozor entre algunos convencionales. Fueron varios los que se oponían por completo a la incorporación de esa expresión, incluso te diría que eran más de la mitad los que se oponían. El artículo que se trabajó era más bien descriptivo y hacía honor al artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, pero nos tomamos el trabajito de conseguir todos los artículos provinciales y de algunas cartas orgánicas, como la de Zapala, para que todos los convencionales tuvieran copia. Eso sirvió, porque muchos decían: si ya está en la Constitución, ¿para qué vamos a regularlo? Fue un tema de fuerte discusión pero al ver los convencionales que el tema está regulado prácticamente en todas las provincias donde hay indígenas, dijeron bueno: hay que reconocer que hay indígenas, más allá de que les gustara o no la palabra mapuche".
En definitiva, "tomamos algunas ideas del artículo 75 inciso 17, otras del Convenio 169 de la OIT y algunas del Convenio de Biodiversidad, como el artículo 8 J, que ellos mismos habían buscado y bueno, prácticamente se incluyó el 95 por ciento de lo que se había propuesto. De alguna manera, se pudo aprovechar el canal de diálogo que pudimos dar. Bariloche se merecía tener en su Carta Orgánica estos conceptos, creo que la van a ubicar en un lugar de privilegio en cuanto al respeto que corresponde hoy a los pueblos originarios", concluyó Rodríguez Duch.
Por su parte, Curamil recordó que "había una propuesta que habíamos hecho nosotros como pueblo mapuche, entre las organizaciones y comunidades que nos convocamos hace bastante tiempo, cuando se empezó a hablar del tema de la Carta Orgánica. Había muchos que estaban hablando sobre el tema de los derechos de los pueblos originarios, pero nosotros creíamos que teníamos que ser nosotros mismos los que propusiéramos nuestro pensamiento y nuestra propuesta. Entonces, armamos un texto y cuando llegó el momento de presentarlo, lo hicimos. Se discutió bastante entre los convencionales pero en principio, estamos de acuerdo con como quedaron los artículos. Se habla del pueblo mapuche como preexistente".
De todas maneras, los mapuches tuvieron que hacer frente a una ardua discusión. "Ellos nos plantearon por qué había que reconocer al pueblo mapuche y no a otros pueblos. Nosotros les dijimos que esta propuesta se había trabajado desde el pueblo mapuche y que considerábamos que si acá estuvieran los hermanos comechingones o koyas, que también son pueblos originarios, también hubieran presentado sus propuestas. Pero en este caso, el pueblo originario de Furilofche (denominación de Bariloche en idioma mapuche) es el pueblo mapuche. Por su historia, esta ciudad se desarrolló dentro del territorio mapuche, que inclusive se extiende pasando la cordillera, con los hermanos de Gulumapu. La frontera la pusieron los Estados, no es una cuestión nuestra. La ciudad está asentada en territorio mapuche y nosotros hablamos en base a nuestra identidad como pueblo mapuche", señaló la mujer.
Para Felisa, nieta de la legendaria "pillankuze" Rosa Prafil, "hay convencionales de la ciudad de Bariloche y también representantes provinciales, nacionales e internacionales, que no conocen de derechos indígenas. No conocen los términos, por eso cuando nosotros hablamos de pueblo-nación mapuche o de autodeterminación se incomodan. No terminan de entender los conceptos de los cuales estamos hablando y por eso, siente resquemor. Creo que en algún momento van a entender, inclusive algunos reconocieron que la propuesta que nosotros habíamos hecho les sirvió para aprender y conocer. Dijeron que les hizo pensar muchísimo". Bienvenida sea esa reflexión.

Adrián Moyano