jueves, 2 de noviembre de 2006

Propuesta: Operatividad de la Carta

Propuesta para la Convención Municipal Actualizadora

Tema: Operatividad de la Carta

Autor de la propuesta: “Vecinos por la Carta”

Índice

1. La propuesta.. 2
2. Ejemplos en otras cartas orgánicas y proyectos. 2


La propuesta

ART… “Los deberes, derechos y garantías son de aplicación operativa. Su ejercicio, aplicación o cumplimiento no podrán nunca ser menoscabados por ausencia o insuficiencia de reglamentación.”


Ejemplos en otras cartas orgánicas y proyectos

Proyecto Pisani.

“Los derechos y garantías reconocidos en esta Carta Orgánica son de aplicación operativa, salvo cuando sea imprescindible su reglamentación.”

Córdoba
“Artículo 8. Los derechos y garantías reconocidos en esta Carta Orgánica son de aplicación operativa, salvo cuando sea imprescindible su reglamentación.”
Ushuaia
“ ARTÍCULO 13.- Los derechos personales y garantías reconocidos en esta Carta Orgánica son de aplicación operativa. Su ejercicio, aplicación o cumplimiento no pueden ser menoscabados por ausencia o insuficiencia de reglamentación. Los derechos sociales y principios de políticas de Estado reconocidos y establecidos por esta Carta Orgánica, fundan las normas, la práctica y actuación de los poderes públicos.-
Cipolletti
“Art. 98° - VIGENCIA INTEGRAL. La presente Carta Orgánica entrará en vigencia luego de los ocho (8) días de publicada, salvo las cuestiones orgánicas de imposible resolución anticipada conforme se establece en el artículo anterior. Los órganos de control creados a partir de la sanción de esta Carta Orgánica no serán designados ni electos, ni entrarán en funciones, hasta tanto se reglamente por Ordenanza Orgánica su organización, integración y funcionamiento. “
“Art. 157º - PUBLICACIÓN. Dentro de los diez (10) días de sancionada esta Carta Orgánica, deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, por un (1) día.”
Esquel
“Artículo 6º: Los principios y derechos reconocidos en esta Carta Orgánica son directamente operativos, fundan las normas, la práctica y la actuación de los poderes públicos y no pueden ser menoscabados por ausencia o insuficiencia de reglamentación ni alterados por las ordenanzas que reglamenten su ejercicio.”

Comodoro Rivadavia
“DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA
Esta Carta Orgánica rige a partir del día 17 de agosto de 1999 y reemplaza íntegramente a la hasta ahora vigente.
Quedan derogadas las prescripciones normativas opuestas a esta Carta Orgánica.
SEGUNDA
Hasta tanto se dicten las Ordenanzas reglamentarias de esta Carta Orgánica que fueren necesarias, subsisten los actuales regímenes legales en tanto no contraríen lo dispuesto en la cláusula anterior.”
Rawson
“Artículo N° 23.-: Los derechos personales y garantías reconocidos y establecidos por esta Carta Orgánica se consideran operativos salvo cuando resulte imprescindible reglamentación legal a los efectos de su aplicación, la que en todos los casos debe respetar sus contenidos esenciales, debiendo los jueces arbitrar en cada caso los medios para hacerlos efectivos mediante procedimientos de trámite sumario.
Los derechos sociales y principios de políticas del Estado Municipal reconocidos y establecidos por esta Carta Orgánica sólo pueden ser alegados ante la jurisdicción conforme las Leyes y Ordenanzas que reglamenten su ejercicio y teniendo en cuenta prioridades del Municipio y sus disponibilidades económicas.”
Resistencia.
“Artículo 30.- Operatividad. Las declaraciones, derechos, acciones y garantías reconocidos expresa o implícitamente en esta Carta Orgánica son plenamente operativos. Su ejercicio, aplicación o cumplimiento no podrán nunca ser menoscabados por ausencia o insuficiencia de reglamentación.”
Río Cuarto
“DISPOSICIONES TRANSITORIAS
1. Esta Carta Orgánica entra en vigencia al día siguiente de su publicación, la que debe efectuarse dentro de los quince (15) días contados desde su sanción.”

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